Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

notacefp / 031 / 2016
Septiembre 8, 2016
NOTA INFORMATIVA
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman
y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo
El 8 de septiembre de 2016, el Ejecutivo Federal presentó ante la H. Cámara de D iputados el
Paquete Económico 2017 junto con propuestas de reformas, entre las que se encuentra la
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, siendo el objetivo de la presente nota
describir las propuestas de dicha reforma.
La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo se aplica a los juicios que se
promueven ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y procede en contra de
resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa; así como contra los actos administrativos, decretos y acuerdos de
carácter general, así como contra reglamentos cuando estos sean autoaplicativos o cuando el
interesado controvierta el mismo en unión del primer acto de aplicación. Las partes en este juicio
son: el demandante, los demandados y terceros interesados.
Actualmente existen tres modalidades de juicio:
1. Juicio en la vía tradicional es eminentemente escrito y la presentación de las promociones se
realiza directamente en el Tribunal a través de su oficialía de partes.
2. Juicio en línea que se realiza a través del Sistema de Justicia en Línea, incluso en los casos en
que sea procedente la vía sumaria; la diferencia respecto al juicio tradicional consiste en que se
genera un expediente electrónico y las pruebas se desahogan por videoconferencia.
3. Juicio en la vía Sumaria en el cual se impugnan resoluciones definitivas cuyo importe no exceda
de quince veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al año al momento
de su emisión.
La propuesta de Decreto por el que se reforma el artículo 1-A, fracción XII y se adiciona una
fracción XVII; así como un segundo párrafo al inciso a) de la fracción II del artículo 48 y el Título II

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