Una iniciativa PELIGROSA

AutorRicardo Ojeda Bohórquez
Páginas34-39

Page 35

Existe la “Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia penal”, firmado por senadores integrantes de la Comisión de Justicia del Senado de la República, donde proponen la reforma a los artículos 16, 19, 20, 73 y 107 constitucionales, en la que básicamente eliminan las figuras de arraigo, plazo constitucional y auto de vinculación a proceso; asimismo, los conceptos de “delincuencia organizada” y “delitos graves”, así como la expresión “datos de prueba” son suprimidos del texto fundamental. Además, proponen otorgar competencia exclusiva a la autoridad judicial respecto de la autorización de aquellas solicitudes de geolocalización en tiempo real de personas, y limitar competencia al Congreso de la Unión para legislar en materia de delincuencia organizada. Por último, también proponen suprimir la suplencia de la queja y restringir la procedencia del juicio de amparo en materia penal.

Conforme a la exposición de motivos pareciera que la propuesta de reforma constitucional fuera garantista y apegada a los derechos humanos de los acusados por un delito; sin embargo, esto no es así, puesto que, por el contrario, afectaría más los derechos de los propios imputados y de las víctimas.

Hagamos un breve comentario acerca de cada propuesta.

En relación con la figura del arraigo, recordemos que ésta se encuentra establecida en la Constitución como una restricción al derecho humano de libertad sólo para casos de delincuencia organizada y con independencia de lo conveniente o no para la teoría de los derechos humanos en el ámbito internacional. En México vivimos una etapa de su historia donde la delincuencia organizada se ha apoderado de la economía nacional y de parte del gobierno municipal, estatal y federal, creando una inseguridad incontrolable. De ahí que suprimir el arraigo de la Constitución, que sólo es para los casos de delincuencia organizada, tal vez sería un despropósito, pues iría en contra del éxito de la investigación y procuración de justicia eficaz y en contra de las propias víctimas, que son los ciudadanos comunes y corrientes de nuestra República mexicana, pues no olvidemos que el plazo de 48 o 96 horas, tratándose de delincuencia organizada, es muy corto para integrar una carpeta de investigación con detenido y recabar los elementos de prueba para sostenerla en el proceso. Sin que deba olvidarse que este arraigo...

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