¿Se puede iniciar una acción colectiva contra una aerolínea que no prestó los servicios contratados a varios consumidores?

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Laboro como contador en una envasadora de alimentos. En días pasados, una agencia de viajes promocionó entre nuestros trabajadores paquetes turísticos a precios accesibles con destinos a Cancún y a los Cabos, y alrededor de 90 colaboradores adquirieron esos paquetes; sin embargo, la línea aérea contratada no otorgó los servicios, por lo que los trabajadores exigieron a la agencia de viajes la devolución de su dinero, pero no les restituyó el importe por los servicios aéreos argumentando que la aerolínea tendría que ser quien debe reintegrarles su dinero. Ante esto, un conocido me indicó que podemos acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para hacer una acción colectiva (reclamación grupal) para exigir los derechos de los consumidores afectados. Ignoro si esto es verdad.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Se puede iniciar una acción colectiva contra una aerolínea que no prestó los servicios contratados a varios consumidores?

Respuesta

Sí, por lo siguiente:

El artículo 578 del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC) estipula que la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos será ejercida ante los tribunales de la Federación, y sólo podrán promoverse en materia de relaciones de consumo de bienes o servicios, públicos o privados y medio ambiente.

Por su parte, el artículo 580, fracción II, del CFPC dispone lo siguiente (énfasis añadido):

580. En particular, las acciones colectivas son procedentes para tutelar:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Derechos e intereses individuales de incidencia colectiva, entendidos como aquéllos de naturaleza divisible cuya titularidad corresponde a los individuos integrantes de una colectividad de personas, determinable, relacionadas por circunstancias de derecho.

Según se aprecia, las acciones colectivas proceden para tutelar los derechos e intereses individuales de incidencia colectiva, entendidos como aquellos cuya titularidad corresponde a los individuos integrantes de una colectividad de personas relacionadas por circunstancias de derecho.

Además, el artículo 585, fracción I, del CFPC establece...

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