De las Infracciones y Delitos Fiscales

AutorPérez Chavez, José - Campero Guerrero, Eladio
Páginas1065-1115

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1065 CFF–INFRACCIONES 70.-

CFF–INFRACCIONES

Aplicación autónomadelasmultas
70.- Laaplicacióndelasmultas, porinfraccionesalasdisposicionesfisca les, se hará in de pen dien te men te de que se exija el pago de las con tri bu -cio nes res pec ti vas y sus demás ac ce so rios, así como de las penas que im -ponganlasautoridadesjudicialescuandoseincurraenresponsabilidad penal.

CFF 2o, 17-B, 75, 92 al 115-Bis. RCFF 58. LFDC 17. ANEXO 1-A 152/CFF. CR2010 29.

Cuan do las mul tas no se pa guen en la fecha es ta ble ci da en las dis po si cio -nes fis ca les, el monto de las mis mas se ac tua li za rá desde el mes en que debió ha cer se el pago y hasta que el mismo se efec túe, en los tér mi nos del artículo17-AdeesteCódigo.

CFF 17-A.

Para efec tuar el pago de las can ti da des que re sul ten en los tér mi nos de esteartículo,lasmismasseajustarándeconformidadconeldécimopárrafo del ar tícu lo 20 de este Có di go.

CFF 20.

Reduccióndemultas apequeños contribuyentes

Las mul tas que este Ca pí tu lo es ta ble ce en por cien tos o en can ti da des de -ter mi na das entre una mí ni ma y otra má xi ma, que se deban apli car a los con -tribuyentesquetributenconformealTítuloIV,CapítuloII,SecciónIIIdela Ley del Impues to sobre la Renta, se con si de ra rán re du ci das en un 50%, salvo que en el pre cep to en que se es ta blez can se se ña le ex pre sa men te una multa menor para estos con tri bu yen tes.

CFF 17-B, 80 II. RM2010 I.2.1.7. ANEXO 1-A 125/CFF. CR2009 33.

Apli ca ción de la multa que re sul te menor

Cuan do la multa apli ca ble a una misma con duc ta infraccionada, sea mo -dificadaposteriormentemediantereformaalpreceptolegalquelacontenga, las au to ri da des fis ca les apli ca rán la multa que re sul te menor entre la exis ten te en el mo men to en que se co me tió la in frac ción y la multa vi gen te en el mo men to de su im po si ción.

CFF 75. CR2010 29. CPEUM 14, 26.

TITULO IV


De las Infracciones y Delitos Fiscales

CAPITULO I

De las Infracciones

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70-A.- CFF–INFRACCIONES 1066

Actua li za ción de mul tas y can ti da des de la Ley Aduanera

Elmontodelasmultasycantidadesenmonedanacionalestablecidasen laLeyAduanera seactualizaránconformealasdisposicionesestablecidas enelartículo17-AdeesteCódigo,relativasalaactualizacióndecantidades enmonedanacionalqueseestablecenenesteordenamiento. (1)

CFF 17-A, DT2012 4o al DT2012 6o.

(1) Nota del Edi tor: Con for me al CFF DT2012 4o., para efec tos de la ac -tualizacióndelasmultasycantidadesenmonedanacionalreferidaenel úl ti mo pá rra fo del ar tícu lo 70 del CFF, en re la ción con el ar tícu lo 17-A, sextopárrafo,delmismocódigo,seconsideraráquelaactualización de di chos mon tos se rea li zó por úl ti ma vez en julio de 2003, que se die ron a co no cer en el “Anexo 2 de las Re glas de Ca rác ter Ge ne ral en Ma te ria de Co mer cio Exte rior para 2003”, pu bli ca do en el DOF el 28/IV/2003, mo di fi -cadomedianteresolución publicadaenelmismoórganooficialel 29/VII/2003 y como úl ti mo INPC que se uti li zó para la ac tua li za ción men -cionadaelcorrespondienteamayode2003.

Re duc ción de mul tas en 100% y apli ca ción de re car gos por pró rro ga

70-A.- Cuandoconmotivodelejerciciodefacultadesdecomprobación, lasautoridadesfiscaleshubierendeterminadolaomisióntotaloparcialdel pagodecontribuciones,sinqueéstasincluyanlasretenidas,recaudadaso trasladadas,elinfractorpodrásolicitarlosbeneficiosqueesteartículootorga, siem pre que de cla re bajo pro tes ta de decir ver dad que cum ple todos lossiguientesrequisitos:

CFF 2o, 31, 42. RSAT 17, 20, 22, 25.

I. Haberpresentadolosavisos,declaracionesydemásinformaciónque establecenlasdisposicionesfiscales,correspondientesasustresúltimos ejerciciosfiscales.

CFF 11, 27, 31, 81. RCFF 19 al 28. LISR 59, 86, 101, 133. LIVA 32. LIEPS 19.

II. Que no se de ter mi na ron di fe ren cias a su cargo en el pago de im pues tos yaccesoriossuperioresal10%,respectodelasquehubieradeclaradoo que se hu bie ran de cla ra do pér di das fis ca les ma yo res en un 10% a las real -mentesufridas,encasodequelasautoridadeshubieranejercidofacultadesdecomprobaciónrespectodecualquieradelostresúltimosejercicios fiscales.

CFF 2o, 11, 42, 76. LISR 61.

III. En el caso de que esté obli ga do a dic ta mi nar sus es ta dos fi nan cie ros porcontadorpúblicoautorizadouopteporhacerlo,enlostérminosdelos ar tícu los 32-A y 52 de este Có di go, no se hu bie ran ob ser va do omi sio nes respectoalcumplimientodesusobligaciones,ohabiéndosehechoéstas, lasmismashubieransidocorregidasporelcontribuyente.
IV.Haber cum pli do los re que ri mien tos que, en su caso, le hu bie ren hecho lasautoridadesfiscalesenlostresúltimosejerciciosfiscales.

CFF 11, 42, 53.

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V. No haber in cu rri do en al gu na de las agra van tes a que se re fie re el ar tí cu -lo 75 de este Có di go al mo men to en que las au to ri da des fis ca les im pon gan la multa.
VI. No estar su je to al ejer ci cio de una o va rias ac cio nes pe na les, por de li tos previstosenlalegislaciónfiscalonohabersidocondenadopordelitosfiscales.

CFF 92 al 115.

VII. No haber so li ci ta do en los úl ti mos tres años el pago a pla zos de con tri -bucionesretenidas,recaudadasotrasladadas.

CFF 12, 66, 66-A. RM2011 II.2.12.1.

Lasautoridadesfiscalesparaverificarloanteriorpodrán requeriralinfractor, en un plazo no mayor de vein te días pos te rio res a la fecha en que hu bie ra pre sen ta do la so li ci tud a que se re fie re este ar tícu lo, los datos, in for mes o do -cumentosqueconsiderenecesarios.Paratalefecto,serequeriráalinfractor a fin de que en un plazo má xi mo de quin ce días cum pla con lo so li ci ta do por lasautoridadesfiscales,apercibidoquedenohacerlodentrodedichoplazo, no será pro ce den te la re duc ción a que se re fie re este ar tícu lo. No se con si de -raráquelasautoridadesfiscalesinicianelejerciciodesusfacultadesdecomprobación,cuandosolicitenlosdatos,informesydocumentosaqueserefiereestepárrafo,pudiendoejercerlasencualquiermomento.

CFF 12, 42.

Las au to ri da des fis ca les, una vez que se cer cio ren que el in frac tor cum ple con los re qui si tos a que se re fie re este ar tí cu lo, re du ci rán el monto de las mul tas por in frac ción a las dis po si cio nes fis ca les en 100% y apli ca rán la tasa derecargosporprórrogadeterminadaconformealaLeydeIngresosdela Federaciónporelplazoquecorresponda.

CFF 21. LIF2011 8o.

La re duc ción de la multa y la apli ca ción de la tasa de re car gos a que se re -fie re este ar tí cu lo, se con di cio na rá a que el adeu do sea pa ga do ante las ofi -ci nas au to ri za das, den tro de los 15 días si guien tes a aquel en que se le haya notificadolaresoluciónrespectiva.

CFF 12.

Sóloprocederálareducciónaqueserefiereesteartículo,respectode mul tas fir mes o que sean con sen ti das por el in frac tor y siem pre que un acto administrativoconexonoseamateriadeimpugnación,asícomorespecto demultasdeterminadasporelpropiocontribuyente.Setendráporconsenti da la in frac ción o, en su caso, la re so lu ción que de ter mi ne las con tri bu cio -nes,cuandoelcontribuyentesolicitelareduccióndemultasaqueserefiere este ar tícu lo o la apli ca ción de la tasa de re car gos por pró rro ga.

CFF 125. LFPCA 8o VII.

Loprevistoenesteartículonoconstituyeinstanciaylasresolucionesque se emi tan por la au to ri dad fis cal no po drán ser im pug na das por los par ti cu -lares.

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71.- CFF–INFRACCIONES 1068

Responsabilidadenlacomisión deinfracciones
71.- Sonresponsablesenlacomisióndelasinfraccionesprevistasen este Có di go las per so nas que rea li cen los su pues tos que en este Ca pí tu lo se con si de ran como tales así como las que omi tan el cum pli mien to de obli -gacionesprevistasporlasdisposicionesfiscales,incluyendoaaquellas que lo hagan fuera de los pla zos es ta ble ci dos.

CFF 73.

Cuan do sean va rios los res pon sa bles, cada uno de be rá pagar el total de la multa que se im pon ga.
Denunciadelacomisióndeinfraccionesfiscales
72.- Los fun cio na rios y em plea dos pú bli cos que en ejer ci cio de sus fun cio -nes co noz can de he chos u omi sio nes que en tra ñen o pue dan en tra ñar in frac -ciónalasdisposicionesfiscales,locomunicaránalaautoridadfiscalcompeten te para no in cu rrir en res pon sa bi li dad, den tro de los quin ce días si guien -tes a la fecha en que ten gan co no ci mien to de tales he chos u omi sio nes.

CFF 12, 69, 93. CPF 241 III, 242 VIII.

Tratándosedefuncionarios yempleadosfiscales,lacomunicaciónaque se re fie re el pá rra fo an te rior la harán en los pla zos y forma es ta ble ci dos en losprocedimientosaqueesténsujetassusactuaciones.

Casos de ex cep ción en la obli ga ción de de nun cia

Seliberadelaobligaciónestablecidaenesteartículoalossiguientesfuncionariosyempleadospúblicos:
I. Aque llos que de con for mi dad con otras leyes ten gan obli ga ción de guar dar re ser va acer ca de los datos o in for ma ción que co noz can con mo ti -vo de sus fun cio nes.
II. Losqueparticipenenlastareasdeasistenciaalcontribuyenteprevistas porlasdisposicionesfiscales.

CFF 33 I. RSAT 14 III.

Cumplimientoespontáneodelasobligacionesfiscales
73.- No se im pon drán mul tas cuan do se cum plan en forma es pon tá nea lasobligacionesfiscalesfueradelosplazosseñaladosporlasdisposiciones fis ca les o cuan do se haya in cu rri do en in frac ción a causa de fuer za mayor o de caso for tui to. Se con si de ra rá que el cum pli mien to no es es pon -tá neo en el caso de que:

CFF 6o, 31, 32. CC 2111. LSS 304-C.

I. Laomisiónseadescubiertaporlasautoridadesfiscales.

CFF 22, 38, 42, 134.

II. La omi sión haya sido co rre gi da por el con tri bu yen te des pués de que lasautoridadesfiscaleshubierennotificado unaordendevisitadomiciliaria, ohayamediadorequerimientoocualquierotragestiónnotificadaporlas mismas,tendientesalacomprobacióndelcumplimientodedisposiciones fiscales.

CFF 32, 38, 42, 134...

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