Obligaciones en Materia de la Declaración Informativa Mensual de Operaciones con Terceros (DIOT)

AutorManuel Baltazar Mancilla/Honoré A. Bornacini Hervella/Vicente Romero Said
Páginas89-90

Page 89

Obligaciones en Materia de la Declaración Informativa Mensual de Operaciones con Terceros (DIOT) 2014

Declaraciones Informativas de IVA:

? La LIVA en su ART-32, establece obligaciones mensuales respecto de este tipo de declaraciones, en su F-V (Retenciones de IVA y sus Constancias) y en la F-VIII (La relativa a proporcionar la Información de Operaciones con Proveedores).

Declaración Informativa de Operaciones con Terceros a cargo de PF y PM, Formato, Periodo y Medio de Presentación (Regla I.4.5.1. RMF14):

? Para efectos del ART-32-FS-V y VIII de la LIVA, los contribuyentes PM proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información, de conformidad con la regla II.4.5.2.

? Lo señalado en el párrafo anterior, es aplicable también para PF.

Opción de No Relacionar Individualmente a Proveedores hasta un % de los Pagos del Mes (Regla I.4.5.2. RMF14):

? Para efectos del ART-32-F-VIII de la LIVA, los contribuyentes podrán no relacionar individualmente a sus proveedores, hasta por un monto que no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes, sin que en ningún caso el monto de alguna de las erogaciones incluidas en dicho porcentaje sea superior a $50,000.00 por proveedor. No se consideran incluidos dentro del porcentaje y monto a que se refiere este párrafo los gastos por concepto de consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, pagados con medios distintos al cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o a través de monederos electrónicos. Tampoco se consideran incluidas dentro de dicho porcentaje las cantidades vinculadas a la obtención de beneficios fiscales.

? Los comprobantes que amparen los gastos en mención, deberán reunir los requisitos previstos en las disposiciones fiscales vigentes.

Declaración Informativa de Operaciones con Terceros a cargo de PF y PM, Formato, Periodo y Medio de Presentación (Regla II.4.5.2. RMF14):

? La información a que se refiere la regla I.4.5.1., se deberá presentar a través de la página de Internet del SAT mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, contenido en el Anexo 1, rubro A, numeral 5.

? Los contribuyentes que hagan capturas de más de 500 registros...

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