La industria 4.0 y su impacto en el sistema de seguridad social en Colombia

AutorMarta Elisa Monsalve Cuéllar
Páginas335-358
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LA INDUSTRIA 4.0 Y SU IMPACTO EN EL SISTEMA
DE SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA
Marta Elisa MONSALVE CUÉLLAR*
SUMARIO: I. Introducción. II. Contextualización. III. La industria 4.0
en Colombia. IV. Algunos problemas nacionales antes de la transición a la
industria 4.0. V. Política actual en materia de protección a los trabajadores
como consecuencia de la implementación de la industria 4.0. VI. Propues-
tas de solución a algunos problemas nacionales actuales. VII. Conclusiones.
VIII. Fuentes de investigación.
I. INTRODUCCIÓN
En Colombia, los distintos gobiernos han emprendido bastantes esfuerzos
con el objetivo de lograr una inclusión de los avances tecnológicos de la in-
dustria 4.0 a la dinámica nacional, y que gracias a esto se puedan materiali-
zar acciones enfocadas en la ampliación de la protección de los derechos de
las personas. Uno de los mayores ejemplos de esta situación se encuentra en
la creación de la Unión de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), encar-
gada de gestionar los aportes a pensiones y parafiscales de los colombianos,
para lo cual utiliza tecnología de punta, habilitando el pago de estos aportes
mediante métodos digitales.
II. CONTEXTUALIZACIÓN
Desde el inicio de la historia de la humanidad, se han presentado distintos
problemas cuyas soluciones han ido mejorando con el devenir de los días,
permitiendo de esta forma que el nivel de vida de las personas vaya me-
jorando, también que su vida sea más longeva y que aspectos tan impor-
*Doctora en derecho; especialista en seguridad social, derecho laboral, normas interna-
cionales del trabajo y derechos humanos. Docente-investigadora en la Universidad La Gran
Colombia.
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tantes como la salud sean asumidos como prioritarios, enfocando innumera-
bles esfuerzos para proteger este derecho tan necesario en la vida humana.
De esta forma, desde el advenimiento de las actuales formas de Estado,
enfocadas en garantizar una serie de derechos prestacionales, que tienen
como beneficiarios a las personas humanas, ha tomado más fuerza el con-
cepto de seguridad social,1 buscando proteger a los individuos de una socie-
dad en tres esferas principales, a saber: en el ámbito del derecho a la salud y
la importancia que éste tiene en el desarrollo de una vida digna de las perso-
nas, pues no es posible llevar un adecuado nivel de vida acorde a la dignidad
humana, sin que esté mediado por unas condiciones de salud idóneas de esa
persona, lo cual sólo puede ser garantizado si existe un sistema preparado
para atender las contingencias que se puedan presentar en este sector.
El segundo aspecto que abarca la seguridad social, al menos en el sis-
tema colombiano, hace referencia a los riesgos laborales que se encuentran
acordes al espíritu de la seguridad social, que es brindarle protección a las
personas en casos de incontingencias que puedan afectar sus vidas; de for-
ma específica en este escenario, se toman en consideración las situaciones
relacionadas con la prestación de esa labor y a los riesgos inherentes a la
misma, pues en muchas ocasiones, debido al peligro que allí se origina, se
debe crear una especie de fondo, con el cual se garantice la integridad de
los trabajadores cuando se vean inmiscuidos en esos escenarios desafortuna-
dos, pero permitiendo, a través de un aporte que realiza el empleador, que
se tenga un “seguro”, el cual sea redimible en favor del trabajador en caso
de la ocurrencia de un evento que afecte su salud y que éste haya sido con
ocasión a su trabajo como regla general.2
Sin embargo, el sistema de riesgos laborales no está centrado en forma
exclusiva en la atención de los accidentes laborales o de las enfermedades
laborales, sino que también pretende actuar de forma temprana frente a los
efectos negativos que éstas puedan acarrear en contra de la población tra-
bajadora; de forma simultánea se busca prevenir, proteger y atender todas
esas situaciones “que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia
del trabajo que desarrollan”,3 para lo cual se configura un sistema donde
1 La autora se acoge a la definición dada por la Organización Internacional del Traba-
jo, que al tenor literal reza: “es la protección que una sociedad proporciona a los individuos y
los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingre-
so, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo,
maternidad o pérdida del sostén de familia”.
2 De esta forma se encuentra establecido en el Decreto Ley 1295 de 1994, la Ley 776
de 2002 y la Ley 100 de 1993, que regulan esta materia en múltiples formas.
3 Ley 100 de 1993, numeral 11 del artículo 139.

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