Inconsistencias de las reformas en materia civil

AutorÁngel Gilberto Adame López
Páginas28-30

Page 29

Las leyes que nos rigen están expuestas a sufrir cambios por la inherente mutabilidad de los pactos sociales.

En el escenario electoral, por poner un ejemplo, existe un margen de experimentación que permite apuntalar los ordenamientos en función del éxito o el fracaso que hayan tenido en la praxis del sufragio. Sin embargo, hay áreas del Derecho que ameritan el mayor cuidado y la máxima responsabilidad al plantear modificaciones ya que, dada su naturaleza, están
en juego las garantías más palpables e inmediatas de la población. Éste es el caso de la materia familiar.

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, mediante decreto publicado en
la Gaceta Oficial el 25 de mayo de 2000, dio comienzo a una serie de reformas que han modificado la esencia de diversas instituciones jurídicas que nuestra norma-tividad civil mantenía como fuente desde los códigos de 1870, 1884 y 1928. Si bien muchas de éstas han sido aplaudidas, incluso a nivel internacional, por incorporar derechos apelando a la igualdad de los individuos —el ejemplo más representativo podría ser el matrimonio entre personas del mismo sexo—, los legisladores no han sabido integrar y armonizar las nuevas ideas a los ordenamientos ya existentes, pues su premura al actualizar los ha llevado al extremo de generar reglas inentendibles o que se contradicen entre sí.

Un ejemplo concreto es lo que sucedió con la adopción. Durante 68 años ésta fue simple, es decir, generaba parentesco únicamente entre adoptante y adoptado. A partir de que la Asamblea de Representantes tomó el control legislativo, la permitió con el carácter de plena, la cual se caracteriza por romper el vínculo que tenía el adoptado con su familia de origen para incorporarse a la de su adoptante; pero dejó subsistente la simple y permitió al adoptante elegir cuál deseaba suscribir. Al poco tiempo se percataron de esta inviabilidad, por lo que tuvo lugar la derogación de la primera modalidad; sin embargo, no se tuvo el cuidado de modificar todo el andamiaje legal que existía para la misma, por lo cual quedaron subsistentes una serie de normas que ya no son aplicables.

Entrando en las reformas publicadas en la Gaceta Oficial el 5 de febrero de 2015, referentes a nuevas atribuciones al Registro Civil, éstas comparten los vicios de fondo que ya he mencionado. Hubo opacidad en las discusiones que se dieron en el interior de la comisión respectiva, la mayoría de
los diputados nunca conocieron el tema
y, a pesar de que no tenían...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR