¿Qué es la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación?

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El 18 de junio de 2007 se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), la cual fue reformada el 24 de diciembre de 2008.

La LIGIE tiene una estructura basada en la nomenclatura arancelaria del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías -también conocido como Sistema Armonizado-, de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), del cual México es parte contratante.

La LIGIE incluye diversas notas explicativas (que forman parte de la misma LIGIE), las cuales son un compendio enciclopédico que contiene la interpretación oficial de la nomenclatura en la que se basa la tarifa arancelaria, y su objeto es precisar o explicar el contenido y alcance de las secciones, capítulos, subcapítulos, partidas y subpartidas de la LIGIE; esto es, se detallan las especificaciones de los productos que incluyen, los que se excluyen y se definen algunos conceptos.

Para tales efectos, el 2 de julio de 2007 se publicó en el DOF, el Acuerdo por el que se dan a conocer las notas explicativas de la tarifa arancelaria, las cuales consideran la versión única en español de las notas explicativas del Sistema Armonizado que se desarrolló bajo el auspicio del "Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal".

Asimismo, el 14 de octubre de 2009 se dio a conocer en el DOF, el Acuerdo que modifica las notas explicativas de la TIGIE, a fin de incorporar diversas propuestas de reforma y adición realizadas por la OMA.

Relación de la LIGIE con la LA

Conforme a la LA, quienes introduzcan o extraigan mercancías de territorio nacional están obligados al pago de los impuestos al comercio exterior; específicamente, el artículo 51 de la LA vigente establece que en materia aduanera se causarán el impuesto general de importación conforme a la tarifa de la ley respectiva y el general de exportación en términos de la tarifa de la ley correspondiente.

Sin embargo, este precepto legal se debe interpretar en el sentido de que se causarán los impuestos al comercio exterior conforme a las tarifas de la Ley de los Impuestos General de Importación y Exportación; es decir, no existen dos leyes (la General de Importación y la General de Exportación), sino únicamente una ley que abarca a ambos impuestos (el de importación y el de exportación).

Estructura de la LIGIE

El artículo 1 o. de la LIGIE se integra por 32 secciones y 98 capítulos...

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