Impuestos cedulares en Chihuahua

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El 1 o. de diciembre de 2004 se publicó en el DOF, el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley del Impuesto al Valor Agregado, conforme al cual se reformó el artículo 43 de esta ley, cuyo primer párrafo dispone que las entidades federativas podrán establecer impuestos cedulares sobre los ingresos que obtengan las personas físicas que perciban ingresos por la prestación de servicios profesionales, por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, por enajenación de bienes inmuebles o por actividades empresariales, sin que se considere un incumplimiento de los convenios celebrados con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ni del artículo 41 de la misma ley, siempre que los impuestos cumplan con ciertas características.

Con base en lo anterior, se decidió aplicar en Chihuahua las nuevas facultades otorgadas por el Congreso de la Unión, así como reformar su legislación local para establecer impuestos cedulares sólo para arrendamiento y enajenación de bienes inmuebles.

Deestaforma,se reformaron los artículos 186 al 190-J del Código Fiscal del estado de Chihuahua, en los que se estipula que para el cálculo de los...

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