Impuesto al valor agregado
Autor | Antonio Luna Guerra |
Páginas | 63-67 |
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Se aplicará la tasa del 0%:
Ingresos del período Por:
Tasa del 0%
IMPUESTO CAUSADO
El Artículo Séptimo Transitorio de la Resolución Miscelánea, vigente hasta junio de 2004 para los contribuyentes de los sectores agrícola y ganadero señalaba que podían compensar las cantidades determinadas a su favor en las declaraciones mensuales del IVA, contra el IMPAC o ISR a su cargo, incluyendo sus accesorios. Para ello, era necesario que dicha compensación se efectuara a partir de la declaración correspondiente al mes o período inmediato siguiente a aquél al que se refería la declaración en la que se determinaba el saldo a favor. En estos casos, no era necesario que se dictaminaran los estados financieros para efectos fiscales. Las cantidades determinadas a favor de los contribuyentes en las declaraciones mensuales del IVA, cuya compensación se hubiera efectuado en los términos de esta regla, no podrán acreditarse ni solicitarse en devolución.
Estos contribuyentes podrán compensar su saldo a favor de IVA contra el ISR.
El IVA en 2019 es del cero por ciento en este sector.
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Adicionalmente, con base en la RFA, la regla 1.13. señala que se podrá presentar la información de los proveedores en el proveedor global.
Además, podrán presentar información por la persona moral o por integrante con base en la regla 1.10. de la RFA.
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL EN ACTIVIDADES PRIMARIAS
Para el ejercicio fiscal 2019 se determina el ISR de la siguiente forma:
1. Cálculo de los Pagos Bimestrales
Ingresos del bimestre Menos:
Deducciones del bimestre Menos:
PTU
UTILIDAD FISCAL
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Por tarifa bimestral:
TARIFA
ARTICULO 111 BIMESTRAL
Y se aplicará una reducción del 60% de ISR para 2019.
En el caso de la PTU se calculará al 10% sobre la utilidad fiscal.
2. Disposiciones Transitorias de la LISR para el 2002
"ARTICULO SEGUNDO.............................................
XVI. Los contribuyentes que tributaron en el anterior régimen simplificado deberán calcular lo siguiente:"
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Saldo actualizado de la CUCA Más:
Saldo de los pasivos que no sean reservas Más:
Saldo actualizado de la CUFIN al 31 diciembre 2001 SALDO UNO
Saldo de los activos financieros al 31 diciembre 2001 SALDO DOS
Saldo uno Menos:
Saldo dos
UTILIDAD O PERDIDA
Nota: Dicha utilidad resulta cuando el saldo dos es mayor que el saldo uno. Si resulta utilidad, se aplica la tasa del 35%. En el caso del sector agropecuario, este impuesto se...
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