Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE)

AutorJaime Domínguez Orozco - Cuauhtémoc Reséndiz Núnez
Páginas185-190
SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES 185
CAPITULO IV
IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN
EFECTIVO (IDE)
1. ANTECEDENTES
El 20 de junio de 2007, el Ejecutivo Federal presentó ante la
Comisión Permanente del Congreso de la Unión, un conjunto de
iniciativas de la propuesta para una Reforma Integral de Hacienda
Pública, en la que se propone un nuevo tributo denominado Ley del
Impuesto contra la Informalidad.
Dentro de las consideraciones de esta iniciativa, se establece
que algunas personas, tanto físicas como morales, inscritas o no
ante el RFC, obtienen ingresos que no declaran al fisco y por los
que deberían pagar impuestos, o bien, se encuentran registradas
pero declaran encontrarse en suspensión de actividades, no obs-
tante que las continúan realizando sin pagar impuestos.
En este sentido, a efecto de impactar a este tipo de contribuyen-
tes, se propone a esa soberanía la emisión de la Ley del Impuesto
contra la Informalidad, la cual tiene por objeto incorporar una nueva
contribución federal, complementaria del impuesto a la renta y auxi-
liar en el control de la evasión fiscal.
El 12 de septiembre de 2007, se expide el Dictamen de la Comi-
sión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, en
el cual se analiza la iniciativa del Ejecutivo Federal y hacen modifica-
ciones importantes entre otras es el cambio del nombre de tributo
por el del impuesto a los depósitos en efectivo.
Con las modificaciones que se hicieron a la iniciativa de ley, final-
mente se aprueba por el Congreso de la Unión la Ley del Impuesto
a los Depósitos en Efectivo y el Ejecutivo Federal lo publica en el
D.O.F. el 1o. de octubre de 2007 para que entre en vigor el 1o. de
julio de 2008.
2. OBJETO, SUJETO, BASE Y TASA
2.1. Objeto
El artículo 1 de la Ley del IDE establece que el objeto del im-
puesto son todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR