Retención del Impuesto

AutorHonoré A. Bornacini Hervella
Páginas95-96
DISPOSICIONES DEL IVA 2012
MÉXICO FISCAL
95
Exportación de
Bienes y
Servicios
(ART-29 LIVA)
Continúa:
Se considera
exportación de
bienes o servi-
cios (Continúa):
IV. Aprovechamiento,
en el extranjero, de
servicios prestados
por RM por:
a) Asistencia técnica, servicios técnicos relacionados a
dicha asistencia, información acerca de experiencias in-
dustriales, comerciales o científicas.
b) Operaciones de maquila, submaquila para exportación
(LA y Decreto), entendiendo que los servicios se aprove-
chan en el extranjero cuando los bienes maquilados o
submaquilados sean exportados por la maquiladora.
c) Publicidad.
d) Comisiones y mediaciones.
e) Seguros, reaseguros, afianzamientos y reafianzamien-
tos.
f) Operaciones de financiamiento.
g) Filmación o grabación, cumpliendo con requisitos RIVA.
h) Servicio de atención en centros telefónicos de llamadas
originadas en el extranjero, contratado y pagado por RE
sin establecimiento permanente en México.
V. Transportación internacional de bienes prestada por RM y que dentro de los
puertos e instalaciones se presten los servicios portuarios de carga, descarga,
alijo, almacenaje, custodia, estiba y acarreo, para la exportación de mercancías.
VI. Transportación aérea de personas, prestada por RM, por la parte que no se
considera prestada en territorio nacional (ART-16 LIVA).
VII. Prestación de servicios de hotelería y conexos por parte de empresas hotele-
ras a turistas extranjeros que lleguen a México para participar en congresos, con-
venciones, exposiciones o ferias, siempre que acrediten su calidad de turistas
(LGP), paguen con tarjeta de crédito los servicios referidos y el contrato lo hubie-
ran celebrado los organizadores del evento. *
*Se entiende por ser-
vicios de hotelería y
conexos:
Alojamiento.
Transportación, hotel - terminal de autobuses, puertos y
aeropuertos, de ida y vuelta.
Servicios complementarios, proporcionados dentro de los
hoteles.
Servicio de alimentos y bebidas, siempre que estén inclui-
dos en los paquetes turísticos.
Obligaciones de con-
tribuyentes que pres-
tan el servicio de hote-
lería y conexos:
Registrarse ante el SAT.
Cumplir requisitos de control (RISR), aquí se puede auto-
rizar el pago de los servicios desde el extranjero por otros
medios.
También se podrá autorizar en el reglamento el pago por
otros medios, cuando se contraten los servicios a través
de agencias de viajes.
6.4. IVA Retención del Impuesto:
Sujetos Obliga-
dos a Retener
IVA
(ART-1-A LIVA):
I. Instituciones de
Crédito:
Adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación
judicial o fiduciaria.
II. Personas morales:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o
gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por
PF, respectivamente. (Retención 2/3 Partes ART-3 RIVA).
b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insu-
mos de su actividad industrial o para comercializarlos.
(Retención 100% ART-2 RIVA).
c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes,
prestados por PF o PM. (Retención 4% ART-3 RIVA)
d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando
éstos sean personas físicas. (Retención 2/3 Partes ART-3
RIVA).

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