Importancia del Informe de Auditoría Forense para deducir las cantidades perdidas por fraude en las empresas

AutorGuillermo Williams Bautista
CargoSocio Director de Auditoría Forense del Noroeste, S.C.
Páginas34-37
Síntesis
A la par que se exponen experiencias acerca de la realización de
auditorías forenses, se analiza su fundamentación normativa base
y se presenta un breve resumen de las características que deben
cumplir este tipo de instrumentos técnicos-periciales, a fin de que
puedan tener éxito como prueba en los juicios correspondientes
para la “acreditación del cuerpo del delito”, de conformidad con lo
establecido en las disposiciones fiscales.
Con la finalidad de ubicar un caso en par-
ticular, analizaremos brevemente la de-
ducción fiscal de pérdida por fraude en
México como ejemplo de lo mencionado
en el proemio de este artículo, exami-
nando los elementos primarios para la acreditación
de las conductas antijurídicas que producen hechos
que las leyes señalan como delitos de naturaleza pa-
trimonial, especiales o faltas administrativas, en su
caso, los cuales se mencionan de manera específica
y, por supuesto, diferenciada en las disposiciones le-
gales correspondientes a cada país.
Sabiendo de antemano que este texto será consultado
en varios países de Latinoamérica por el alcance que
El informe de auditoría
forense puede
ser la diferencia
entre acreditar
las conductas o
hechos antijurídicos
e irregulares o no
hacerlo
Importancia del
Informe de Auditoría
Forense para deducir
las cantidades
perdidas por fraude
en las empresas
C.P.C. GUILLERMO WILLIAMS BAUTISTA, M.C.I.E, C.R.M.A., C.F.E.
Socio Director de Auditoría Forense del Noroeste, S.C.
gwilliamsb@live.com.mx
mediante herramientas de carácter técnico o cientí-
co llega a determinar, de forma razonable y prefe-
rentemente con carácter irrefutable, cómo sucedió
determinado hecho o suceso e inclusive los factores
que dieron lugar a alguna circunstancia en particular.
Dentro de los peritos podemos encontrar doctores, in-
genieros, arquitectos, químicos, psicólogos, expertos
en documentoscopía, grafoscopía, lenguas indígenas
y, por supuesto, auditores forenses.
Cada uno, en su respectiva materia, tiene que allegar-
se de las formas de convicción, primeramente, hacia su
propio juicio, para después, en caso de que el asunto se
lleve a tribunales de justicia, convencer a jurados, jue-
ces, magistrados e integrantes del sistema judicial para
poder exponer cuál es el fundamento de su opinión.
De realizar de manera correcta su trabajo, este podría
constituirse en una prueba para acreditar o desacre-
ditar el acto, asunto o hecho en controversia; sin em-
bargo, es importante mencionar que el concepto, de-
nominación y forma de presentar una prueba podría
ser diferente, de conformidad con la legislación de
cada país, así como el modo de conceptualizar o acre-
ditar las capacidades técnicas del perito o experto en
la materia, o bien el manejo, forma y presentación de
una pericial.
Por ejemplo, pudiera ser necesario el hecho de presen-
tar las pruebas ante un jurado, un juez, un ministerio
público u otros funcionarios de administración de jus-
ticia de manera oral o escrita, de acuerdo con las leyes
del país donde se realice la presentación de este infor-
me del experto.
A pesar de esto, hay cuestiones que podrían ser reco-
mendables en general como el hecho de realizar una
auditoría forense para el caso de demostrar que en la
empresa u organización ocurrió un fraude y las conse-
cuencias que pudo tener este hecho lamentable.
En particular, en México existen criterios normativos
en materia scal (criterios que seguirá la autoridad s-
cal para determinar que existe un hecho, y si este es
procedente o no en determinada situación) y que al
respecto se mencionan en el Anexo 7 de la Resolución
Miscelánea Fiscal de 2019, COMPILACIÓN DE CRITE-
RIOS NORMATIVOS:
18/ISR/N Deducción de pérdidas por caso fortuito o
fuerza mayor.
A. Una pérdida de dinero en efectivo derivada de un
robo o fraude podrá ser deducida en los términos del
artículo 25, fracción V de la Ley del ISR, como caso
de fuerza mayor siempre que se reúnan los siguientes
requisitos:
tiene la revista Contaduría Pública del Instituto Mexi-
cano de Contadores Públicos, se abordarán los temas
desde una perspectiva más universal, utilizando algu-
nas cuestiones peculiares de México para ejemplicar
el contenido de los comentarios aquí expuestos y ser
concordantes con el título de este artículo.
En este sentido, la denominada prueba pericial es ad-
mitida en casi cualquier parte del mundo durante un
juicio de recuperación de fondos y de establecimien-
to de responsabilidades, el cual también sirve de base
para la emisión de penas y condenas.
Esta prueba pericial se dene como la opinión funda-
mentada de un experto en determinada materia que
DOSSIER
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CONTADURÍA PÚBLICA
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