Implicaciones jurídicas de la excepción al principio de definitividad en amparo contra auto de formal prisión

AutorIgnacio Becerra Saucedo
CargoMiembro del Grupo de Investigación 'Derechos Humanos y Marginalidad' del Departamento de Derecho de la UAM-Azcapotzalco
Páginas273-286

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Implicaciones jurídicas de la excepción al principio de definitividad en amparo contra auto de formal prisión

Ignacio Becerra Saucedo*

El juicio de amparo es un blasón dentro del campo de la ciencia jurídica nacional. Orgullo, tradición y hasta historia-patria, generalmente, se encierran atrás de cualquier obra dedicada a él, no obstante, todo instrumento jurídico y social, debe de ser analizado y criticado en aras de su progreso y adecuación a las necesidades de los gobernados y no como ha sucedido en ultimas fechas. Aquí pues, se encuentra la justificación y sentido de este trabajo, pues con el pretexto de analizar "la excepción a! principio de definitividad en amparo contra el auto de formal prisión " se rescata una serie de contradicciones, que fincan al amparo como un mecanismo cada vez más al servicio de los gobemates. Abordando tópicos generales del juicio de amparo, para posteriormente, aterrizados sobre puntos específicos, se plantea el paradigma filosófico de la justicia y su relación con el amparo y las implicaciones jurídicas que origina.

El juicio de amparo is a blasón in the field of the natioaljuridic science. Pride, tradition and even country-history, are generally behind any work dedicated to it. However, all social and juridic instruments must be analyzed and criticized, for the sake ofits adecuación to the necessities of the people; contrary to what has been occurring lately. Here we find the justification and sense of this work, because by analizing "the exception to the principio de definitividad en amparo contra el auto de formal prisión "a whole series of contradictions that turn the protection mechanism more in the service of the governing officers, are brought to light.

Through the starting approach to general topics regarding the juicio de amparo up to their punctualization in specific issues, the philosophical paradigm of justice, its relation with protection and the juridic implications originated by it are set forth.

From habeos corpus general tópica, it is settled the philisophical paradigm of justice and its relations with habeos corpus itself including related juridical implications.

Sumario: Introducción. /1. Juicio de Amparo. / 2. Amparo ¿juicio o recurso? / 3. Relación Amparo-Principio de definitividad. / 4. Excepciones al principio de definitividad. / 5. Excepción al principio de definitividad en Amparo contra auto de formal prisión. / Conclusiones.

Introducción

El juicio de amparo en nuestro país, desde prolongados ayeres, se ha constituido como una de las patentes mexicanas de mayor renombre y prestigio internacional

dentro del campo de la ciencia jurídica; es para muchos jurisconsultos y miembros del Poder Judicial un producto de exportación, de alto prestigio y asimilación en
una buena cantidad de países latinoamericanos. Esto de alguna manera es cierto, pues no podemos dejar de reconocer el peso, empuje y fuerza del producto adjudicado
erróneamente al México independiente y su binomio Otero-Rejón, dentro del campo de la legalidad nacional. Sin

* M iembro del Grupo de Investigación "Derechos Humanos y Marginalidad" del Departamento de Derecho de la UAM-Azcapotzalco.

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embargo, como todo instrumento jurídico y sobre todo social, éste debe de ser analizado y criticado en aras de su progreso y adecuación a las necesidades de los gobernados y no de los gobernantes, bajo el fundamento del Artículo. 39 Constitucional. Dinamismo, cambios y reformas muy distantes de su teleología original, y plasmadas al contrario. Probablemente lo anterior, sea el motor de la concepción, sentido y estilo de este trabajo, pues bajo el pretexto de analizar "la excepción al principio de definitividad en amparo contra el auto de formal prisión" rescatamos un amplio collage de contradicciones conformadoras del amparo como un mecanismo cada vez más lejano de los ideales por los cuales fue concebido.1 Precisamente y en atención a ese hecho el presente trabajo inicia con el señalamiento y conflicto entre las interpretaciones imputadas al juicio de amparo y su naturaleza. Desde una perspectiva global y totalizarte, el iniciar el estudio de los conceptos del juicio de amparo y su dubitación dentro de la dualidad ¿juicio-recurso? permite ligar lógica y estrechamente al juicio de garantías con el principio de definitividad y sus excepciones. Por lo tanto, el método de estudio e investigación empleado en el presente texto comienza abordando los tópicos generales para aterrizarlos sobre puntos específicos, mediante un proceso deductivo de análisis reflexivo.

Previo estudio y cotejo de las posturas alrededor de los puntos citados, la obra se introduce al análisis de la excepción referida, para lo cual fue segmentada con fines didácticos, en tres subtemas: auto de formal prisión, apelación y amparo; formando entre ellos un trinomio estructural dependiente e interactivo donde descansa la excepción al principio de definitividad en lo referente a la resolución penal señalada. Dicha fractura lejos de bifurcar y expandir el estudio de la cuestión en comento, la cohesiona, en virtud de ser puntos de trascendencia procesal y por regla entre ellos existe una concatenación y sistematización singular. Estos mismos elementos nos conducen en consecuencia a remarcar señas de atino y razón entre los miembros integrantes de los Tribunales Colegiados de Circuito y de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación al crear una serie de jurisprudencias fundamentad oras de dicha excepción. Quizás y hasta aquí no existan problemas, pero en ocasiones no debemos confundir las causas con los síntomas, ni mucho menos juzgar las causas como si fueran efectos, pues los escabros del amparo radican en las consecuencias de la suspensión provisional y definitiva, así como en el otorgamiento del amparo y sus efectos, dando al traste con una de por sí ya muy maltratada estructura de justicia y defensa del gobernado, por lo cual los principios no van más allá de eso en ocasiones.

Así como colofón a este pequeño artículo, y a manera de conclusiones nos desterramos parcialmente de la temática dilucidada, solamente para replantear el paradigma filosófico de la justicia, pragmatizando y relacionándolos con el amparo y la apelación, sujetando al lector, a un sistema de decisiones y opiniones propias. Las herramientas están dadas, sólo esperamos mínimamente que este texto sea elemental y propositivo, deseando no caer en lo reiterativo y en una exacerbación reaccionaria.

1 • Juicio de Amparo

Alrededor del tópico del amparo mexicano han surgido una serie de definiciones y análisis de la más variada índole, es así como desde el siglo pasado se ha tratado de conceptualizar a dicho instrumento jurídico de acuerdo con sus características y efectos cada vez más complejizados y tecnificados, acontecer que al mismo tiempo se aleja aún más de los orígenes e ideales por los cuales sus precursores propugnaron. De igual forma y como consecuencia del estudio de esta singular figura de nuestro sistema de justicia, al amparo generalmente se le ha identificado dentro de tres vertientes de definiciones o conceptos:

La primera de ellas lo consideraría como "...un medio de control de la Constitución, por órgano judicial y a instancia de la parte agraviada, previo ejercicio de la acción de amparo",2 por ende el amparo sería un proceso a través del cual se pretende anular actos de autoridad contraventores del orden constitucional (Art. 103), adquiriendo con esto su condición de medio de defensa constitucional. Una segunda corriente marcaría al amparo como un medio de control sobre la inconstitucionalidad e ilegalidad en los actos de autoridad violatorios de garantías individuales, y/o invasores de las atribuciones expresamente correspondientes para la Federación o los Estados. Una última posición sustentaría el amparo como un medio de defensa del gobernado frente a los actos inconstitucionales e ilegales del Gobernante.

Sin embargo, en relación con los principios de instancia por parte agraviada y el de relatividad de la sentencia, el amparo debe ser considerado un medio de defensa del gobernado, porque sin sujeto no existe objeto. "Y así surge el juicio de amparo, como medio de defensa del gobernado frente a las arbitrariedades del gobernante. El juicio de amparo no tiene más explicación, en consecuencia, que de la servir de medio de defensa del gobernado frente a los actos inconstitucionales del gobernante."31. Cito como ejemplo para sustentar esta posición, la serie de "aberreformaciones" en la Ley de Amparo del día 8 de febrero de 1999.


2. DEL CASTILLO DEL VALLE, Alberto. Primer curso de amparo. México, EDAL, 1998. p. 39.

3. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. Manual del juicio de amparo. 2a. ed., México, 1996. p. 8.

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El amparo posee un triple efecto dimensional pues funge como controlador de la constitucionalidad y la legalidad, además de ser protector de las garantías del gobernado, mediante el ejercicio de la acción correspondiente, de la cual es titular únicamente el quejoso o agraviado en su esfera jurídica. A pesar de que el juicio de amparo es producto de una fuente primaria como es la Constitución, y ésta desde un estricto sentido formalista (y no material), sea el objeto o finalidad del juicio de amparo, es necesario destacar la trascendencia del sujeto y su relación con el objeto, porque al no existir sujeto que ejerza la acción de amparo el objeto permanece en latencia y por lo tanto la Constitución es flagelada constante y reiteradamente por actos de autoridad contraventores de la misma. Así al ejercerse la acción de amparo por el quejoso, éste busca dentro de un enfoque físico o material la restitución o ir restricción del goce o disfrute de una garantía en específico, acarreando en consecuencia el respeto y guarda del orden normativo supremo. Por último, el amparo al estar contemplado por algunos cuentistas del derecho como un sistema de control de la Constitución...

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