Nuevas empresas IMMEX, sustituyen a las empresas maquiladoras y PITEX

AutorEduardo Zepeda Grimaldo
CargoSocio del Área de Comercio Exterior y Aduanas de Rubalcaba Villalobos y Cía., S. C.
Páginas40-42

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Anteriormente, las empresas manufactureras de exportación eran reguladas y fiscalizadas de manera separada, por medio de las figuras Maquiladora y PITEX, lo que generaba un alto costo administrativo para nuestro gobierno Federal, al controlar dos instrumentos que, en esencia, operaban en igual forma. Cabe señalar que ambos esquemas otorgaban, en términos generales, las mismas facilidades administrativas, los mismos beneficios fiscales y arancelarios, etc., siendo su punto divergente el tratamiento que en materia de impuesto sobre la renta e impuesto al valor agregado se otorgaba en forma exclusiva para las empresas maquiladoras.

Con el nuevo Decreto se pretende otorgar mayor certidumbre, transparencia y facilidad de operación a las actividades de comercio exterior, mediante un esquema único que agilice y reduzca los trámites y que, por ende, se convierta en un atractivo muy importante para aquellas empresas que buscan iniciar operaciones en nuestro país.

En términos generales, puedo comentar que en este nuevo Decreto modificatorio convergen diversas disposiciones que regulaban la operación de este tipo de industrias y que, por tanto, ya se venían aplicando bien a través de la ley aduanera, de reglasPage 41de comercio exterior, por diversos acuerdos, etc.; sus disposiciones las podemos agrupar en los cuatro apartados siguientes:

• Facilidades administrativas

• Nuevas formas de operación

• Control y fiscalización

• Aspectos fiscales

Facilidades administrativas
Importación temporal de maquinaria y equipo

A partir del reporte anual del ejercicio 2006, las empresas que importen temporalmente estos bienes deberán facturar al extranjero por lo menos 10 % de sus ventas totales o $500,000 dólares, en lugar de realizar ventas de exportación de al menos 30% de sus ventas totales.

Presentación del reporte anual de operaciones

En lo sucesivo, todas las empresas podrán declarar de manera simplificada los datos relativos al valor de sus ventas totales y a las exportaciones realizadas; anteriormente, sólo podían hacerlo bajo esta modalidad las empresas certificadas. En esta misma materia, a partir del mes de junio de 2007 la SECON (Secretaría de Economía) publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) aquellas empresas a las que les será suspendido el programa por no presentar el reporte en tiempo y forma, y durante septiembre será publicado el nombre del titular y el número del programa cancelado.

Sector textil, de confección y otros

Mediante artículo transitorio se establece que a más tardar el 28 de febrero de 2007 deberá publicarse el nuevo acuerdo que establezca los requisitos específicos para la importación de mercancías por los sectores de referencia; mientras tanto se estará a lo establecido en la publicación del 30 de octubre de 2003 y a sus posteriores modificaciones.

Empresas certificadas

Desde su concepción se ha venido otorgando a estas empresas diversas facilidades que simplifican de manera importante su operación; el...

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