Ignorancia deliberada y responsabilidad penal

AutorMaría Laura Manrique
CargoCONICET (Argentina)
Páginas163-195
ISONOMÍA No. 40, abril 2014, pp. 163-195
IGNORANCIA DELIBERADA Y
RESPONSABILIDAD PENAL
Willful Blindness and Criminal Responsibility
María Laura Manrique*
Resumen
En este trabajo pretendo mostrar que el derecho penal contemporáneo no ha en-
contrado todavía buenas soluciones a las difi cultades conceptuales y normativas
planteadas por los casos de ignorancia deliberada. Las difi cultades surgen, en
buena medida, al tratar de resolver estas situaciones mediante una herramienta
equivocada: ampliando el concepto de dolo eventual. Este recurso conceptual in-
tenta encontrar justifi cación para un castigo severo –el tipo de castigo paradigmá-
ticamente ligado a los delitos intencionales–pero fracasa porque el dolo eventual
requiere que exista conocimiento. En contraste con ello, sugiero que la ignorancia
deliberada puede ser vista, en algunas situaciones, como una especifi cación del
fraude de ley. Esta sería la razón por la que esta fi gura puede algunas veces pare-
cer más grave que la imprudencia.
Palabras clave
ignorancia deliberada, error, imprudencia, dolo
Abstract
In this paper I show that contemporary criminal law has not yet found an adequate
response to the normative and conceptual diffi culties raised by willful blindness.
In general, these problems stem from the use of a mistaken strategy: to analyze
willful blindness in terms of dolus eventualis. This conceptual resource attempts
to provide a justifi cation for a severe punishment; a type of punishment paradig-
matically attached to intentional crimes. However, this strategy fails because do-
lus eventualis mainly requires knowledge. For this reason, I suggest that, someti-
mes, willful blindness could be better understood as a specifi cation of legal fraud.
In these occasions, willful blindness is rightly seen as something more serious
than mere negligence.
María Laura Manrique, CONICET (Argentina). Correspondencia: Rodríguez del Busto, 3410 Bº.
Alto Verde, 5009, Córdoba, Argentina. laura.manrique@conicet.gov.ar
* Agradezco a dos evaluadores anónimos, a Gabriel Pérez Barberá, a Hernán Bouvier, a Pablo
Navarro y a los asistentes al Seminario de Filosofía Práctica del Instituto de Investigaciones
Filosófi cas (UNAM) por los comentarios a una versión anterior de este trabajo.
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Keywords
willful blindness, mistake, negligence, dolus
I. Introducción
La atribución de responsabilidad por ignorancia es un tema tradi-
cional en fi losofía jurídica y moral. En cierta medida, su atractivo
losófi co deriva de la multiplicidad de aspectos que se entrecruzan en
su análisis. Así, por ejemplo, podemos encontrar cuestiones conceptua-
les vinculadas con la determinación de los aspectos característicos del
conocimiento y la ignorancia, como también cuestiones normativas li-
gadas al tipo y grado de reproche para el agente que obra con ignoran-
cia o desconocimiento. En el plano conceptual, ya desde Aristóteles es
usual distinguir entre diversos estados de cosas que pueden ser califi ca-
dos como ignorancia.1 En este sentido, la reconstrucción conceptual de
la ignorancia tiene que analizar las conexiones y diferencias entre fa-
milias de situaciones como, por ejemplo, (a) hacer algo por ignorancia
e ignorar lo que se hace, (b) creer equivocadamente que una proposi-
ción es falsa (o verdadera) y desconocer una proposición (Peels, 2011,
pp. 349-351), etcétera.
A su vez, en el ámbito jurídico y moral es usual abordar los aspec-
tos normativos vinculados a la ignorancia ya que existen categorías es-
pecífi cas –como la imprudencia inconsciente o el error– que infl uyen
en la responsabilidad del agente por aquellas consecuencias que él no
tuvo en cuenta. En estos casos, normalmente no existen dudas acerca
de lo que el agente hace, pero encontramos razones en confl icto para
evaluar su grado de responsabilidad.
La novedad en el campo del derecho penal es la creciente atención
que los juristas dedican a una clase de situaciones que es genéricamen-
1 Aristóteles, Ética a Nicómaco, Libro III Capítulo II. En cuanto a la discusión contemporánea
tampoco es un tema novedoso. En el ámbito de la fi losofía moral, autores de la talla de G. E. M.
Anscombe o Michael Zimmerman han escrito importantes artículos dedicados a la ignorancia.
Véase, por ejemplo, Zimmerman, 2008; 2002, pp. 483-490; 1997, pp. 410-426; Anscombe,
1963, pp. 393-401.
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te denominada “ignorancia deliberada”.2 Como ejemplo paradigmáti-
co de estos casos es usual mencionar a una persona A que traslada una
maleta a cambio de dinero y cuando A pregunta cuál es el contenido de
la maleta se conforma con la respuesta “mejor no lo sepas”, o direc-
tamente evita preguntar qué es lo que está transportando. Esta situa-
ción adquiere relevancia penal cuando descubrimos que A transporta
una sustancia ilegal (estupefacientes, material radiactivo, dinero, bie-
nes arqueológicos, etc.). La característica central de esta situación es la
combinación de desconocimiento e intencionalidad.
Además, en la jurisprudencia y en la dogmática contemporánea exis-
te una viva controversia sobre si la expectativa de obtener un benefi cio
económico es una característica constitutiva de la ignorancia que se
pretende reprochar en el ámbito del derecho penal. Del mismo modo,
también hay discrepancias sobre, entre otras cuestiones, el papel que
juegan el grado de desconocimiento o los motivos para sospechar de la
naturaleza ilícita de su acción. Más allá de estas discusiones acerca de
las características defi nitorias de la ignorancia deliberada, las pregun-
tas centrales en el plano normativo son:
a) ¿Debe responsabilizarse por dolo al agente que se puso volunta-
riamente en una situación de ignorancia para con ello sacar provecho
de su desconocimiento, e.g., para esgrimir una excusa y así disminuir o
evitar su responsabilidad?
b) Si la respuesta a la pregunta anterior fuese afi rmativa, ¿cuál es el
mejor modo de explicar que las situaciones de ignorancia deliberada
merezcan la forma más grave de reproche, i.e., el reproche por dolo?
La respuesta más simple a estos interrogantes es atribuir responsa-
bilidad a título de imprudencia. Después de todo, el agente no conoce
(los aspectos penalmente relevantes de) qué es lo que está haciendo y,
2 El tema ha cobrado impacto e importancia en la actualidad, sin embargo sus orígenes se
remontan a 1861 en Inglaterra (Regina v. Sleep). Allí se acusaba al Sr. Sleep de una malversación
de bienes de dominio público y aunque el desarrollo de esta fi gura se originó en el ámbito
penal, actualmente se ha extendido su alcance a otras ramas del derecho, e.g., el derecho civil.
Véase, por ejemplo, Global-Tech Appliances vs. SEB S.A. 131 S. Ct. 2060, 2072 (2011). Aquí la
controversia era acerca de patentes mercantiles y en ella se afi rmó que el demandante no tenía
que probar que el demandado poseía algún conocimiento efectivo acerca de la infracción de la
patente. Para un resumen y comentario de este caso, véase Walsh, 2011.
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