Cuenta individual en el IMSS. Identifique qué Afore administra los recursos que tiene depositados en ella

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Introducción

El artículo 174 de la LSS dispone que es derecho de todo trabajador asegurado ante el IMSS contar con una cuenta individual.

La cuenta individual es aquella que se abrirá en las Afore para cada trabajador asegurado ante el instituto con objeto de que se depositen en ella las cuotas obrero-patronales y la estatal por concepto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los rendimientos correspondientes y las aportaciones patronales por vivienda.

Por tanto, los trabajadores deben conocer en qué Afore se encuentran los recursos depositados en su cuenta individual.

Al efecto, comentamos los principales aspectos relacionados con la cuenta individual, así como las herramientas que la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (Consar) pone a disposición de los trabajadores para identificar la Afore que administra sus recursos.

Cómo se integra la cuenta individual

De acuerdo con el artículo 35 del Reglamento de la Ley del SAR, las cuentas individuales de los trabajadores se integrarán, en su caso, por cualquiera de las subcuentas siguientes:

1. RCV IMSS, relativa al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez previsto en la LSS.

2. RCV ISSSTE, relativa al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez previsto en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

3. Vivienda.

4. Del fondo de la vivienda.

5. Aportaciones voluntarias.

6. Aportaciones complementarias de retiro.

7. De ahorro a largo plazo.

8. Las demás que establezca la Consar mediante disposiciones de carácter general.

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Como se aprecia, las subcuentas corresponden a los trabajadores que cotizan tanto en el IMSS como en el ISSSTE.

Para efectos prácticos, sólo comentaremos las subcuentas de la cuenta individual correspondientes a los trabajadores afiliados al IMSS, conforme a lo siguiente:

[VER PDF ADJUNTO]

Subcuenta RCV IMSS. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Conforme al artículo 168 de la LSS, la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez es de naturaleza tripartita, es decir, en ella se depositan las cuotas del patrón, del gobierno federal y del trabajador, mismas que servirán para financiar la pensión de cada trabajador.

Subcuenta de vivienda

En la subcuenta de vivienda se deposita la aportación de 5% que realiza el patrón; esta subcuenta es administrada directamente por el Infonavit y la Afore sólo regis-tra y lleva el control del saldo.

El saldo de esta subcuenta puede destinarse para pagar parte del crédito de vivienda que el trabajador adquiera de manera directa con el Infonavit o mediante cofinanciamiento de una sociedad financiera de objeto limitado (Sofol) y el Infonavit. También puede utilizarse como garantía crediticia al adquirir un crédito mediante el programa "Apoyo Infonavit".

En caso de que los recursos de esta subcuenta no se destinen a obtener crédito de vivienda, al concluir la vida laboral podrán destinarse al fondo de pensiones o retirarse en una sola exhibición.

Subcuenta de aportaciones voluntarias

En la subcuenta de aportaciones voluntarias, las aportaciones pueden efectuarlas tanto el patrón como el trabajador, con el fin de incrementar el monto de los recur-sos disponibles para el momento del retiro o bien, para tener acceso a un mayor crédito de vivienda y además para contar con un ahorro que genere rendimientos sobre el cual el trabajador pueda hacer disposiciones periódicas.

Uno de los beneficios de las aportaciones voluntarias es que producen rendimientos superiores a los de las cuentas de ahorro o de inversión en banca múltiple; además, cada...

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