Historia de la legislación aduanera

AutorRafael Sosa Carpenter
Páginas43-60

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La historia de la aduana y su legislación particular en México nace a partir de la implantación de las ordenanzas legales dentro del virreinato de la Nueva España que duró de 1535 a 182129.

2. 1 Virreinato

Para entender el desarrollo de las aduanas en este periodo histórico se debe ubicar la política de la corona española hasta 1789 de limitar y controlar el comercio exterior por solo unos cuantos puertos, Sevilla y Cádiz en España y, Veracruz, Portobello (Panamá) y Cartagena de Indias (Colombia) en la América continental. El monopolio que esto significaba además de los cargamentos que se traficaban creaba un incentivo perfecto para los piratas y corsarios ingleses, holandeses y franceses quienes operaban desde algunas islas en el Atlántico y el Caribe o incluso en Belice o la costa de Nicaragua con el fin de apresar los navíos y fomentar el contrabando.

Ante tal situación y aunque desde antes de 1554 aparecen ordenanzas de que los navíos que fuesen a las Indias deberían ir en convoyes de 8 a 10 para protegerse de piratas, es hasta junio de 1561 cuando se dispone que solo pueden salir dos flotas con naos (galeones) acompañados de escolta desde Sevilla y Cádiz, la primera, saliendo en mayo con destino a Veracruz conocida como “Flota Nueva España” y la segunda saliendo en agosto siguiendo dos escalas, una hacia “Tierra Firme” (Portobello) descargando para que de allí se distribuyeran las mercancías por tierra a Centroamérica, Ecuador y Perú; la segunda escala era en Cartagena. Después ambas flotas se reunirían en La Habana para regresar30.

En 1578 se creó la armada de Barlovento con funciones defensivas para proteger los convoyes mercantes, esta armada tenía su sede en Veracruz aunque operaba en La Habana, Puerto Rico y La Española (República Dominicana).

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2.1. 1 Comercio en el Océano Atlántico

Hasta 1788 el abastecimiento de la colonia novohispana desde la metrópoli se hacía por medio de flotas escoltadas por la armada de Barlovento que salían periódicamente desde Sevilla y Cádiz a través de las Casas de Contratación, llegando a La Habana (Cuba) y posteriormente a Veracruz y viceversa, era la principal ruta comercial de la Nueva España. Aunque a partir de la publicación del “Reglamento de Libre Comercio” de 1788 se permitió comerciar entre las colonias americanas y otros 35 puertos americanos y españoles31eliminando el monopolio que solo ayudaba a unas cuantas casas comerciales.

De Europa se traían azogue, manufacturas, vino, aguardiente, jabones, vajillas, papel, manufacturas de hierro, ladrillos, tejas, aceites y se reexportaban hacia Europa las mercancías que había llegado de Oriente (Galeón de Manila), oro, plata, cueros, azúcar, grana, cacao y tabaco.

2.1. 2 Comercio en el Océano Pacífico

Las Naos de China eran las embarcaciones (galeones de hasta 2,000 toneladas) que surcaron la ruta comercial más importante del Pacífico durante 250 años (desde 1565 hasta 1815 cuando Morelos sitia Acapulco)32.

Desde 1559 el rey Felipe II dictó la orden al virreinato de la Nueva España para iniciar la expedición de conquista y población del archipiélago de las islas Filipinas (descubierto anteriormente por Fernando de Magallanes) encomendándola al fraile agustino español, Andrés de Urdaneta y al general Miguel López de Legaspi.

El 21 de noviembre de 1564 salió la flota del puerto de Navidad (actualmente Barra de Navidad, Jalisco, México), después de llegar a su destino el general López de Legaspi determinó quedarse en Manila, Filipinas y, Urdaneta regresó a América encontrando la ruta de manera fortuita navegando hacia el norte hacia Japón y posteriormente tomando la corriente marítima Kurusiwo hasta la costa de la Nueva España en Acapulco33.

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El trayecto de Acapulco a Manila duraba 3 meses y el de retorno era de 4 a 6 meses. Se le llamó la ruta de la China o “Galeón de Manila” y era transitada por dos barcos junto con una escolta armada. En el mes de julio o principios de agosto salía de Manila la nao que traía especies, telas de algodón, sedas, oro, porcelana, cerámica. En los meses de febrero o marzo salía de Acapulco el galeón llevando barras de plata y moneda acuñada en pago del cargamento, además de vino, aceite, tejidos, cacao, y una considerable cantidad de pasajeros (se calcula que hasta 1,000)34.

Es importante resaltar que la capitanía general de las Filipinas se administraba desde el virreinato de la Nueva España por ello el intenso intercambio.

El trayecto de Acapulco a Manila duraba 3 meses y el de retorno era de 4 a 6 meses. Se le llamó la ruta de la China o “Galeón de Manila” y era transitada por dos barcos junto con una escolta armada. En el mes de julio o principios de agosto salía de Manila la nao que traía especies, telas de algodón, sedas, oro, porcelana, cerámica. En los meses de febrero o marzo salía de Acapulco el galeón llevando barras de plata y moneda acuñada en pago del cargamento, además de vino, aceite, tejidos, cacao, y una considerable cantidad de pasajeros (se calcula que hasta 1,000)35. Es importante resaltar que la capitanía general de las Filipinas se administraba desde el virreinato de la Nueva España por ello el intenso intercambio.

Para el comercio con las Filipinas el único puerto autorizado fue el de Acapulco ya que se prohibió que hubiese comercio de esa región con Perú, Guatemala y Tierra firme (istmo de Panamá y costa colombiana del pacífico), incluso en 1604 se prohibió el comercio entre Nueva España y Perú aunque los comerciantes se arreglaron para que lo hubiese por el puerto de Huatulco (Oaxaca) y Callao (Perú). Por otro lado, los portugueses también explotaron las rutas no aceptadas, ya que ellos mandaban productos a Brasil (Recife, Bahía, Río de Janeiro) y de allí se mandaba contrabando a Buenos Aires.

Durante el virreinato de la Nueva España se pagaban en la aduana las siguientes contribuciones en comercio exterior:

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- Derecho de Almojarifazgo: Correspondía al impuesto que las mercancías pagaban al entrar o salir por los puertos del reino español. Desde octubre de 1522 se empezó a reglamentar, aunque en la práctica no era aplicable porque no había aduanas ni puertos habilitados en la Nueva España. En 1530 el almojarifazgo era del 7.5%, pagándose 5% cuando la mercancía ingresaba al puerto de Sevilla y 2.5% al momento de su salida del mismo; y lo mismo en los puertos de Nueva España.

Como dice Riva Palacio, “en 1566 se empezó a formar un arancel embrionario gravando algunas mercancías más que otras y subiendo los derechos de almojarifazgo hasta un 15%”36que posteriormente se iría reglamentando conforme avanzaba el siglo XVII

- Derecho de Avería: Se empezó a recaudar dese 1526 creado para cubrir los haberes y demás gastos que causaban los buques de la armada que escoltaban a las flotas. Los dueños de las mercancías pagaban entre todos hasta el 12% del valor en oro, plata y mercancías que salían o entraban a la Nueva España.

- Derecho de Almirantazgo: Establecido a favor del Almirante Cristóbal Colón y sus descendientes. Los buques pagaban un marco o cinco reales por cada cien toneladas que cargaban o descargaban.

- Derecho de tonelaje: creado en 1608 pagaba 1,406 reales por tonelada los abarrotes y 671 las frutas.

- Derecho de alcabala: era el impuesto que se cobraba por toda venta o permuta causándose al momento de celebrarse el contrato. En 1571 se estableció en la Nueva España el derecho ordenando que “… las primeras y demás ventas, trueques o cambios de todo género de mercancías, frutos y granjerías se exigiese un 2%”.

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Aunque desde 1789 se habían abierto otros puertos novohispanos al comercio exterior, Acapulco y Veracruz continuaron siendo los preponderantes, por ello esencial para los insurgentes la toma de estas plazas para obtener recursos económicos para la lucha, por ello José María Morelos y Pavón conquistó Acapulco en 1813, pero Veracruz nunca pudo ser capturado sino hasta 1827.

2. 3 Época independiente

Terminada la guerra de independencia y constituido el entonces Imperio Mexicano se publicó la primera ley de aduanas el 15 de Diciembre de 1821 con el título de “Arancel general interino para gobierno de las aduanas marítimas en el comercio libre del imperio” por la cual según su artículo 5 “Todo buque de cualquiera nación será admitido en los puertos del imperio mexicano, sujetándose al pago de derechos y demás reglas prescritas en este arancel”. Bandera del Imperio Mexicano 1821

Los puertos habilitados para realizar operaciones de comercio exterior fueron:

En el Seno Mexicano (Golfo de México): Veracruz, Tlacotalpan, Matagorda, Matamoros, Soto la Marina, Tampico.

En el mar del Sur: Acapulco y San Blas.

En el golfo de California: Guaymas y Mazatlán.

Una vez instaurada la República, tras la caída del Imperio de Iturbide, se mantuvo el Decreto de aduanas, aunque el 1 de mayo de 1824 se habilitó el puerto de Huatulco al comercio exterior, después, el 8 de octubre el de Coatzacoalcos y el 21 de ese mismo mes el de Manzanillo. Este decreto tuvo vigencia durante toda la presidencia de Guadalupe Victoria.

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Antes de finalizar la primera presidencia republicana se emite con fecha del 16 de Noviembre de 1827 el “Arancel para las aduanas marítimas y de la frontera de la República Mexicana”. Esta se dividía en cinco capítulos:

Capítulo I. Bases.

En el primero se indicaban que cada aduana y receptoría marítima de su territorio, pondrá el Estado a un interventor. Todo buque que no esté en guerra con México puede ingresar (Artículo 2)

Los buques extranjeros no podrán hacer cabotaje.

Queda abolido el derecho de anclaje pero en su lugar se pagarán 17 reales por tonelada.

Todo buque en el acto de fondear entregará por triplicado manifiesto de carga.

Queda suprimido el derecho de avería.

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