Hacia un nuevo Federalismo Fiscal
Autor | Jorge Abel Aguilar Pájaro |
Cargo | Doctorado en Ciencias de lo Fiscal por el Instituto de Especialización para Ejecutivos |
Páginas | 40-42 |
www.iee.edu.mx
Texto: Dr. Jorge Abel Aguilar Pájaro
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IEE Plantel Ciudad de México
Hablar de federalismo es hablar de aquella
forma de distribución de facultades entre los
distintos niveles de gobierno de un Estado
artículo 40 ha adoptado la forma de una
federación para su gobierno: “Es voluntad del
pueblo mexicano constituirse en una República
representativa, democrática, laica, federal,
compuesta de Estados libres y soberanos en
todo lo concerniente a su régimen interior; pero
unidos en una federación establecida según los
2016), dejando en claro la forma federal que
adopta el Estado, negando en todo sentido un
régimen de gobierno unitario o centralista.
El federalismo divide las distintas tareas
nacionales entre sus tres niveles de gobierno:
Federación, Entidades Federativas y Municipios;
esta distribución de competencias entre los tres
niveles de gobierno se da a través de la
facultades expresas, implícitas, residuales y
concurrentes, señala Jacinto Faya Viesca que: “la
característica más esencial del Estado Federal
consiste en la distribución de competencias que
Federal y los Estados”, (Viesca, 2004).
Esta distribución de competencias en la
para la Federación y otras para los Estados, el
artículo 73 Constitucional refiere en sus
fracciones l a XXlX las facultades expresas a
favor de la federación y en su fracción XXX
establece las facultades implícitas en materia de
expedición de leyes que hagan posibles las
facultades expresas; el artículo 124
Constitucional señala las facultades residuales
que tendrán los Estados, las cuales serán
precisamente las que no ejerza la Federación; y
finalmente las facultades concurrentes son
aquellas en las cuales tienen injerencia tanto el
gobierno Federal como el gobierno Local. Cabe
aclarar que al hacerse mención de la federación
como nivel de gobierno no se está haciendo
referencia al sistema federal imperante en el
territorio nacional, pues ambos vocablos son
distintos, así, “la Federación no es el gobierno
Federal, sino nuestra forma constitucional como
están organizados los poderes públicos. En
consecuencia, la Federación cubre por igual al
gobierno Federal, y a los gobiernos de los
Estados”, (Viesca, 2004). En los siguientes
párrafos se hará un análisis del federalismo
mexicano en materia fiscal.
Fuente: Freepik.es
“Hacia un
nuevo
Federalismo
Fiscal”
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