De la gestion de negocios

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Forma de actuar del gestor

ARTICULO 7.132. El que sin mandato y sin estar obligado a ello se encarga de un asunto de otro, debe obrar conforme a los intereses del dueño del negocio.

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Obligaciones del gestor

ARTICULO 7.133. El gestor debe desempeñar su encargo con toda la diligencia que emplea en sus negocios propios, e indemnizará los daños y perjuicios que por su culpa o negligencia se causen al dueño de los bienes o negocios que gestione.

Gestión para evitar daño inminente al dueño

ARTICULO 7.134. Si la gestión tiene por objeto evitar un daño inminente al dueño, el gestor no responde más que de su dolo o de su falta grave.

Gestión contra voluntad del dueño

ARTICULO 7.135. Si la gestión se ejecuta contra la voluntad del dueño, el gestor debe reparar los daños y perjuicios que resulten, aunque no haya incurrido en falta.

Operaciones arriesgadas del gestor

ARTICULO 7.136. El gestor responde aun del caso fortuito si ha hecho opera-ciones arriesgadas, aunque el dueño del negocio tuviere costumbre de hacerlas; o si hubiere obrado más en interés propio que en el del dueño del negocio.

Gestor que delega sus derechos

ARTICULO 7.137. Si el gestor delegare en otra persona todos o algunos de los derechos de su cargo, responderá de los actos del delegado, sin perjuicio de la obligación directa de éste para con el propietario del negocio.

La responsabilidad de los gestores, cuando fueren dos o más, será solidaria.

Aviso al dueño sobre la gestión

ARTICULO 7.138. El gestor, tan pronto como sea posible, debe dar aviso de su gestión al propietario y esperar su decisión, a menos que haya peligro por la demora.

Si no fuere posible dar ese aviso, el gestor debe continuar su gestión hasta que concluya el asunto.

Obligaciones del dueño de asunto útilmente gestionado

ARTICULO 7.139. El dueño de un asunto, útilmente gestionado, debe cumplir las obligaciones que a su nombre hubiere adquirido el gestor.

Derechos del gestor

ARTICULO 7.140. Deben pagarse al gestor los gastos necesarios que hubiere hecho en el ejercicio de su cargo y los intereses legales correspondientes; pero no tiene derecho de cobrar retribuciones por el desempeño de la gestión.

Obligaciones del dueño a pesar de su voluntad contra la gestión

ARTICULO 7.141...

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