La gestación del agrarismo

AutorAntonio Díaz Soto y Gama
Páginas51-58
l estudio de las Leyes de Indias, no menos que el de las
condiciones jurídicas que, con relación a la tenencia y
propiedad de las tierras, prevalecían en nuestro país antes y des -
pués de la Conquista, nos llevan sin esfuerzo alguno a esta con -
clusión: los pueblos de indígenas han sido y son dueños de sus
tierras ejidales conforme al derecho precortesiano, lo mismo
que según el colonial y en razón de haber sido esas propieda-
des, inalienables e imprescriptibles, es indiscutible el derecho,
tradicional e histórico, que hasta nuestros días conservan, para
reivindicar esas propiedades, cualquiera que haya sido el pre-
texto o el especioso fundamento de los despojos.
Vamos a basar la verdad histórica de esta proposiciones
en textos, documentos y leyes que no admiten discusión.
Empecemos por la época anterior a Cortés.
Los conquistadores aztecas, con suprema habilidad, sistemá -
ticamente reconocieron y ratificaron el derecho de los pueblos
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LA GESTACIÓN DEL AGRARISMO1
E
1Publicado en El Universal, el 25 de enero de 1927. Tomado de El pensa-
miento de Antonio Díaz Soto y Gama a través de 50 años de labor periodística,
1899-1949, introducción y recopilación de Román Iglesias González, México,
UNAM, 1997, pp. 166-170.
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