General. VI-TASR-XIII-3

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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GENERAL
VI-TASR-XIII-3
SUPLENCIA POR AUSENCIA.- ES REQUISITO INDISPENSABLE QUE
EN LA MOTIVACIÓN SE SEÑALE CLARAMENTE QUE LA ACTUACIÓN
DE UNA AUTORIDAD SE HACE “EN AUSENCIA”, “POR SUPLENCIA”
O ALGUNA FRASE SIMILAR Y NO UNA MERA FORMALIDAD.- De con-
formidad con el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
canos los actos administrativos deben cumplir con el requisito de la debida
fundamentación y motivación, por tanto en los casos en que una autoridad firme un
acto de autoridad en ausencia de otra, es necesario cumplir con expresar el cargo del
servidor público suplido, así como la cita exacta de los preceptos legales que, en su
caso, lo hubiesen facultado para emitir el acto de autoridad, la denominación del
funcionario que firma en ausencia de aquel que originalmente debió suscribir el acto,
y finalmente, señalarse claramente que la actuación se hace “en ausencia”, “por su-
plencia” o alguna frase similar, sin que el último de los requisitos se considere una
mera formalidad, sino un requisito indispensable de motivación, ya que en caso con-
trario se generaría una ambigüedad innecesaria, en perjuicio de la garantía de seguri-
dad jurídica, al no dar a conocer al gobernado, de manera contundente, que el
suscriptor del acto de autoridad no está actuando directamente o atribuyéndose com-
petencias que no le corresponden, sino en ausencia de otro. (39)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2776/07-12-01-4.- Resuelto por la Primera
Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 11
de enero de 2008, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Gilberto Luna
Hernández.- Secretaria: Lic. Gloria Ma. de la C. Escobar Arrona.

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