General. VII-TASR-CA-55

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
la letra de la ley, es aplicable solo cuando el pago se efectúe mediante che-
que nominativo y únicamente para el efecto de generar la presunción de que
en el cheque se asentó la clave; no así cuando el pago se efectúa mediante
traspaso interbancario.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1039/12-20-01-6.- Resuelto por
la Sala Regional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, el 3 de junio de 2013.- Sentencia: por mayoría de votos.- Tesis:
por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Alberto Romo García.-
Secretario: Lic. Edgar Alan Paredes García.
GENERAL
VII-TASR-CA-55
COMPROBANTES FISCALES EMITIDOS EN EL EJERCICIO
FISCAL DE 2011. OBLIGATORIEDAD DE CUMPLIR CON EL
REQUISITO ADICIONAL DE LA UNIDAD DE MEDIDA DEL BIEN
O PRODUCTO ENAJENADO.- La Resolución Miscelánea Fiscal para
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de 2011, en su Transitorio Décimo Octavo, prevé la facilidad de que los
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cumplan con el requisito inherente a la unidad de medida; sin embargo, su
diverso Transitorio Primero, establece que entrará en vigor el 1 de enero de
2012 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2012, salvo lo dispuesto en
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a su entrada en vigor, como es el caso de comprobantes expedidos en el
mes de diciembre de 2011, ya que para tal efecto se tiene la exigencia de
la unidad de medida, previsto en Resolución Miscelánea Fiscal para 2011,
en su regla II.2.7.1.5, por lo que si bien, el comprobante se emitió antes del
30 de junio de 2012, no es menos cierto que tuvo lugar durante la vigencia
de la disposición que sí exigía el requisito, no así de la diversa que lo libera
de tal cuestión.

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