General. VII-TASR-CA-47

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
cación de un patrón, para lo cual se sujetará al catálogo de actividades que
establece el artículo 196 del reglamento en cita, en cuya división y fracción
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dicionado y comprende a quienes se dedican a la instalación de sistemas
sanitarios, de plomería y fontanería, de sistema eléctrico, intercomunicación,
entre otras cuestiones. Si acorde al acta constitutiva de una persona moral,
en concordancia con el dictamen realizado por contador público autorizado,
la actividad preponderante del patrón consiste en promocionar paquetes de
servicios turísticos y servicios recreativos, para observar en albercas espec-
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empleados, resulta inconcuso que no se apega a derecho que se le ubique
en la división y fracción en comento, por el simple hecho de que menos de
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en refrigeración, se enfoquen en dar mantenimiento a los espacios y recur-
sos donde la persona desempeña sus actividades, cuando ni siquiera se está
frente a un supuesto de que se oferten al público los servicios indicados en
la división, grupo y fracción imputada por la autoridad.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 667/12-20-01-6.- Resuelto
por la Sala Regional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 1 de febrero de 2013.- Sentencia: por 2 votos a favor
y 1 voto con los puntos resolutivos.- Tesis: por unanimidad de votos.-
Magistrado Instructor: Alberto Romo García.- Secretario: Lic. Edgar Alan
Paredes García.
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BIEN INMUEBLE ADQUIRIDO EN EL ESTADO DE QUINTANA
ROO CON POSTERIORIDAD AL MATRIMONIO CELEBRADO
BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL. PROPIEDAD
DEL MISMO.- Los artículos 194 y 206 Bis del Código Civil para el Distrito

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