General. VII-TASR-CEIII-1

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA REGIONAL DEL CENTRO III
GENERAL
VII-TASR-CEIII-1
ENTI DADE S PÚBLICAS NO ADSCRITAS A NINGÚN PODER
PÚBLICO FORMAL. SÍ FORMAN PARTE DEL ESTADO EN SU
MÁS AMPLIA ACEPCIÓN JURÍDICO-POLÍTICA.- De conformidad
a las tesis de jurisprudencia P. XXVI/98, 2a. XI/99, 2a. XVI/2002, P./J.
98/2004 y 2a./J. 169/2011, emitidas por el Poder Judicial de la Federación,
al realizar la interpretación del numeral 116, fracción VI, de nuestra ley
fundamental equipara a los Estados con poderes locales y sus respectivos
vínculos laborales con sus trabajadores; sin embargo, cierto es que los po-
deres locales constituyen una parte de lo que es el poder público tanto en
la Federación como en las Entidades Federativas, de conformidad con el
numeral 41, primer párrafo de nuestra Ley Fundamental, pero no de modo
exclusivo; es decir, además de los poderes locales, coexisten en los Estados
tanto entidades públicas, que no estando adscritas a ningún poder público
formal, sí forman parte del propio Estado, como los denominados órganos
autónomos que, sin responder a ninguno de los poderes clásicos, Ejecutivo,
Legislativo y Judicial, integran indubitablemente el poder público tanto
en la Federación como en las Entidades Federativas; de ahí que, el hecho
de asociar poderes locales con Estados, excluye de éstos a las entidades e
instituciones que, no participando de la naturaleza de un poder ni estando
adscritos a ninguno de ellos, sí forman parte del propio Estado en su más
amplia acepción jurídico-política.
Juicio Contencioso Administrativo. Núm. 2173/11-10-01-9-OT.- Resuelto
por la Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 10 de octubre de 2012, por unanimidad de votos.- Magis-
trado Instructor: Juan Antonio Rodríguez Corona.- Secretario: Lic. Héctor
Ochoa Labastida.

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