General. VII-P-SS-203

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REVIS TA DE L TR IBUN AL F EDERAL D E JU STIC IA F ISCAL Y A DMINIST RATI VA
Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretario: Lic.
José Raymundo Rentería Hernández.
(Tesis aprobada en sesión de 5 de febrero de 2014)
R.T.F.J.F.A. ptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014. p. 146
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VII-P-SS-202
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6235/13-17-05-
11/1289/13-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Su-
perior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
en sesión de 28 de mayo de 2014, por mayoría de 8 votos a
favor y 2 votos en contra.- Magistrada Ponente: Nora Eliza-
beth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Beatríz Rodríguez Figueroa.
(Tesis aprobada en sesión de 28 de mayo de 2014)
GENERAL
VII-P-SS-203
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINIS-
TRATIVA. PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS.
TIENE LA OBLIGACIÓN DE PROMOVER, RESPETAR,
PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMA-
NOS RECONOCIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS
TRATADOS INTERNACIONALES DE LA MATERIA.- De
conformidad con el texto vigente del artículo constitucional,
modif‌i cado por el decreto de reforma constitucional publicado
en el Diario Of‌i cial de la Federación el 10 de junio de 2011,
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PRECE DENT ES DE SAL A SU PERI OR
en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas goza-
rán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución
General de la República y en los tratados internacionales
de los que el Estado Mexicano sea parte. El artículo 2º de
reconoce y protege a los pueblos y comunidades indígenas.
En su fracción VIII, establece el acceso plenamente de los
indígenas a la jurisdicción del Estado, y para garantizar que
los miembros de dichos pueblos puedan comprender y ha-
cer comprender en procedimientos legales, los Magistrados
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al
resolver el juicio sometido a su consideración podrán reali-
zar sentencias en formato de lectura fácil, como un aspecto
metodológico, con el objeto de salvaguardar los derechos de
acceso a la justicia, a su vez, promover, respetar y garantizar
los Derechos Humanos, conforme a los principios de univer-
salidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
PRECEDENTE:
VII-P-SS-171
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6234/13-17-01-
1/1237/13-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Supe-
rior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en
sesión de 20 de noviembre de 2013, por mayoría de 8 votos
a favor, 1 voto con los puntos resolutivos y 1 voto en contra.-
Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretario: Lic.
José Raymundo Rentería Hernández.
(Tesis aprobada en sesión de 5 de febrero de 2014)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014. p. 147
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REVIS TA DE L TR IBUN AL F EDERAL D E JU STIC IA F ISCAL Y A DMINIST RATI VA
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VII-P-SS-203
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6235/13-17-05-
11/1289/13-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Su-
perior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
en sesión de 28 de mayo de 2014, por mayoría de 8 votos a
favor y 2 votos en contra.- Magistrada Ponente: Nora Eliza-
beth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Beatríz Rodríguez Figueroa.
(Tesis aprobada en sesión de 28 de mayo de 2014)
VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL C. MAGISTRADO
ALFREDO SALGADO LOYO EN EL JUICIO CONTENCIO-
SO ADMINISTRATIVO M. 6235/13-17-05-11/1289/13-
PL-02-04
Me aparto de la resolución aprobada por la mayoría
en razón de que si bien con el material probatorio que obra
en autos y con lo resuelto en el fallo emitido por el Tribunal
Unitario del Vigésimo Segundo Circuito en el Toca Penal
27/2009, el 7 de abril de 2009, en el sentido de revocar la
sentencia condenatoria de 19 de diciembre de 2008, emiti-
da por el Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Querétaro,
por existir violaciones substanciales dentro de la averigua-
ción previa incoada a la hoy actora, lo que trascenden
la privación de su libertad; fue suf‌i ciente para este Pleno
de la Sala Superior que señala: “para acreditar la existen-
cia de la actividad irregular que desplela Procuraduría
General de la República, quien a través de la Agencia del

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