¿Los gastos de comedor proporcionados a los trabajadores son ingresos exentos del ISR para ellos y, por tanto, su deducción en este impuesto no procede en su totalidad?

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¿Los gastos de comedor pro-
porcionados a los trabajadores
son ingresos exentos del ISR
para ellos y, por tanto, su de-
ducción en este impuesto no
procede en su totalidad?
Soy contador de una persona
moral del régimen general de
la Ley de ISR que se dedica a
la comercialización de dulces
y abarrotes. En días pasados,
la empresa contrató a una
compañía con objeto de que
le proporcione el servicio de
comedor para los trabajadores;
en este caso, el servicio reunirá
los requisitos que establece la
Ley del ISR para su deducción
(entre otros, el comedor estará a
disposición de todos los traba-
jadores y su monto no excederá
de la unidad de medida y ac-
tualización (UMA) por cada uno
de ellos y por cada día en que
se preste el servicio, adicionado
con las cuotas de recuperación
que pague el trabajador por
este concepto). Tengo duda si
esta prestación se considera un
ingreso exento para los trabaja-
dores y, por tanto, la deducción
del ISR no debe hacerse en su
totalidad, es decir, aplicando el
factor de 0.47 o de 0.53.
Lector de Ciudad de México
reunirse los requisitos de ley, por
lo siguiente:
El artículo 28, fracciones XXI y
XXX, de la Ley del ISR dispone
lo siguiente (énfasis añadido):
28. Para los efectos de este Títu-
lo, no serán deducibles:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
XXI. Los gastos en comedores
que por su naturaleza no estén
a disposición de todos los tra-
bajadores de la empresa y aun
cuando lo estén, éstos excedan
de un monto equivalente a un
salario mínimo general diario
del área geográfica del contri-
buyente por cada trabajador
que haga uso de los mismos y
por cada día en que se preste
el servicio, adicionado con las
cuotas de recuperación que
pague el trabajador por este
concepto.
El límite que establece esta frac-
ción no incluye los gastos relacio-
nados con la prestación del ser-
vicio de comedor como son, el
¿Los gastos de comedor propor-
cionados a los trabajadores son
ingresos exentos del ISR para
ellos y, por tanto, su deducción
en este impuesto no procede en
su totalidad?
No son ingresos exentos para
los trabajadores, por lo que su
deducción en el ISR puede ha-
cerse en su totalidad en caso de
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2a. quincena
agosto 2019
Consultas de
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Taller fiscal 878- 3a parte.indd 45 05/08/19 14:45

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