El Estado y las garantías sociales. Congreso de San Luis Potosí, Año de 1847

Páginas201-210
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ESTABLECIMIENTO DE LAS PROCURADURÍAS
DE POBRES INTERVENCIÓN DEL LEGISLADOR
PONCIANO ARRIAGA EN EL CONGRESO DE
SAN LUIS POTOSÍ*1
Ponciano Arriaga fue electo diputado al Congreso
General en 1842; al del estado en 1847, el cual
dirigía defendiendo la causa republicana durante
la intervención extranjera.
En ese mismo foro, Ponciano Arriaga desarro-
lló, en aquel año, antes de incorporarse nuevamente
al Congreso General (1848), una intensa actividad
política y legislativa, destacando su promoción para
el establecimiento de las Procuradurías de Pobres.
Novedad jurídica, especie de enjuiciamiento
político popular, la institución estaba destinada a
ser un modo de defensa social ante los excesos
del poder caciquil, “y con el tiempo —como ex-
presó el propio Arriaga— no tan solamente eco-
nomizar los padecimientos de nuestro pobre pue-
blo, sino también operar grandes mejoras en su
situación social, en sus costumbres, en sus nece-
sidades físicas y morales”.
En la Exposición de motivos y proyecto de ley,
y la Intervención ante el dictamen, referentes al
establecimiento de las Procuradurías de Pobres,
se manifiesta un liberalismo social muy avanzado
que su autor, en plena madurez, habría de exhi-
bir, más tarde (1857, Congreso Constituyente).
Al proponer y defender aquella institución,
Ponciano Arriaga hizo una prefiguración histórica
1*Fuente: Enrique Márquez (comp.), San Luis Potosí. Textos de su historia, México, Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis
Mora, 1986.
2**Fuente: Ponciano Arriaga, “Exposición de motivos, proyecto de ley e intervención ante el dictamen”, en Enrique Márquez (comp.),
Ponciano Arriaga, las Procuradurías de Pobres, San Luis Potosí, UASLP, Facultad de Derecho, Serie Jurídica Potosina, núm. 1, 1983.
del Estado promotor y garante del bienestar de la
sociedad. Más que el ejercicio de la caridad pú-
blica, el principal deber del Estado consistía en
la procuración de los derechos a la educación, al
trabajo, a la salud, etcétera, esto es: hacer “la feli-
cidad proporcional del mayor número de los go-
bernados que le obedecen”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y
PROYECTOS DE LEY**2
…Hay en medio de nuestra sociedad una clase
desvalida, menesterosa, pobre y abandonada a sí
misma. Esta clase está en las entrañas de nuestra
sociedad, es la clase más numerosa, es nuestro
pueblo, es nuestra sociedad misma: se compone
de todos aquellos infelices que no habiendo tenido
la suerte de heredar un patrimonio, ni la fortuna de
adquirir educación, se encuentran sumergidos en
la ignorancia y en la miseria, se ven desnudos y
hambrientos, por todas partes vejados, en todas par-
tes oprimidos. Sobre esa clase recae por lo común
no solamente el peso y rigor de las leyes, sino
también, y esto es más terrible, la arbitrariedad e
injusticia de muchas autoridades, y de muchos
de los agentes públicos. ¿Qué deben esos desgra-
ciados a la sociedad? ¿Reciben de ella pan, sus-
tento para sus familias, educación para sus hijos,
y un porvenir halagüeño para sus nietos? ¿Tienen
la protección de sus derechos?
El Estado y las garantías sociales
Congreso de San Luis Potosí, Año de 1847
1847
TEXT O ORI GINA L

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