Fuerza mayor

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas133-133

Page 133

El digesto designaba como caso fortuito los hechos de la naturaleza, y como fuerza mayor los hechos de la autoridad, o actos del príncipe. En otros términos, el digesto diferenciaba ambas expresiones, y la de fuerza mayor la subsumía en la tensión antinómica libertad-autoridad; mientras que la de caso fortuito, la refería a una eximente de culpa, en función de acontecimientos y hechos exteriores a la voluntad de las partes. En el derecho privado, si bien hay una distinción conceptual, se ha producido una verdadera asimilación legal, y dicha entidad, a su vez, se ha proyectado en la teoría de la imprevisión. Dicha teoría tiene una premisa operativa: no hay distinción entre caso fortuito y fuerza mayor. Para ella, caso fortuito es el que no ha podido preverse, y previsto no ha podido evitarse. Los caracteres esenciales del caso son dos: la imprevisibilidad y la inevitabilidad. Es decir 1) un hecho, un evento o acontecimiento imprevisto, extraordinario, que sale de lo normal u ordinario, que escapa a la norma clásica, a lo que acontece ordinariamente (una inundación que se repite periódicamente no sería un hecho imprevisto y por ende no constituiría caso fortuito); 2) la imposibilidad de evitarlo, por parte de la persona que lo invoca como eximente de responsabilidad. La fuerza mayor en el derecho civil funciona, al igual que el caso fortuito, como causal eximente de responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones. Diccionario Jurídico 2000.

Comentario. Desde el punto de vista fiscal el art. 43 de la Ley del ISR establece las circunstancias en donde se podrán deducir "las pérdidas de bienes del contribuyente por caso fortuito o fuerza mayor que no se consideren en el inventario serán deducibles en el ejercicio en que ocurran. La pérdida será igual a la cantidad pendiente de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR