Fraude Familiar

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas189-189

Page 189

Sanciones aplicables al delito de fraude familiar

390-Bis.- A quien en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes, se le aplicará sanción de uno a cinco años de prisión y hasta trescientos días multa.

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