Forma en la que deberá realizarse el pago de colegiaturas

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas292-292

Page 292

Los pagos por servicios de enseñanza (colegiaturas) deberán realizarse mediante cualquiera de los medios siguientes:

  1. Cheque nominativo del contribuyente.

  2. Transferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México.

  3. Tarjeta de crédito.

  4. Tarjeta de débito.

5. Tarjeta de servicios.

(Artículo 1.9 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación...

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