Código Fiscal de la Federación. VII-TASR-PE-27

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
la legalidad de un acto administrativo, resolviendo sobre su validez o nuli-
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restablecer tales derechos, o al cumplimiento de una obligación a favor del
administrado, lo cierto es que se trata de una jurisdicción restringida, cuyo
alcance se circunscribe a las reglas competenciales establecidas en su ley
orgánica, por lo que si bien el legislador le otorgó facultades para conocer
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plimiento de contratos celebrados por las dependencias de la Administración
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situación que acontezca en la contratación administrativa, por lo que para
que proceda el juicio contencioso administrativo, es condición necesaria
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pronunciado sobre la interpretación y el cumplimiento o no del contrato, en
la que se hubieran determinado cuestiones de interpretación y cumplimiento
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Recurso de Reclamación Núm. 245/2011-16-01-9.- Resuelto por la Sala
Regional Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
el 2 de agosto de 2013, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor:
Omar García Huante.- Secretaria: Lic. Martha Beatriz Dorantes Cardeña.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
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VISITA DOMICILIARIA. EL ARTÍCULO 52-A, QUINTO PÁRRA-
FO, INCISO F), DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VI-
GENTE EN 2011, NO ESTABLECE UNA EXCEPCIÓN ADICIONAL
A LAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 47 DEL MISMO ORDENA-
MIENTO, PARA SU CONCLUSIÓN ANTICIPADA.- El artículo 47
del Código Fiscal de la Federación, establece, como regla general, que las

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