Código Fiscal de la Federación. VII-CASR-2HM-11

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA SALA REGIONAL HIDALGO-MÉXICO
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-CASR-2HM-11
DETERMINACIÓN PRESUNTIVA DEL IMPUESTO RESPECTIVO.
AL SEÑALAR EL ARTÍCULO 41 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FE-
DERACIÓN LOS ÚNICOS ELEMENTOS PARA DETERMINARLO,
NO RESULTA VÁLIDO QUE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA
UTILICE OTROS PARA TAL FIN.- El artículo 41 del Código Fiscal de la
Federación, vigente en el dos mil diez, establece las bases del procedimiento
para determinar estimativamente el impuesto omitido por el contribuyente,
una vez efectuados los tres requerimientos respectivos sin que este dé con-
testación a ellos, quedando expedita la facultad de la autoridad para hacer
efectiva una cantidad igual al monto mayor que se hubiera determinado
a cargo en cualquiera de las seis últimas declaraciones del particular que
haya incurrido en la omisión, sin que la cantidad que al efecto se pague
libere de la obligación de presentar la declaración omitida. Por otra parte,
de conformidad con el artículo 5 del ordenamiento inicialmente citado, las
leyes que establezcan cargas a los particulares son de aplicación estricta;
luego, si el referido artículo 41 establece el procedimiento que debe seguir
la autoridad para determinar estimativamente el impuesto a cargo, tomando
como única referencia las seis últimas declaraciones de la contribución res-
pectiva del contribuyente, no resulta válido que aquella pretenda incluir otros
elementos externos para determinar estimativamente el impuesto omitido,
como sería la información bancaria de los depósitos en efectivo recibidos
en las cuentas del contribuyente, obtenidas con base en lo dispuesto por el
artículo 63 del Código Fiscal de la Federación, ya que tales elementos no se
encuentran previstos en dicho precepto legal, puesto que aun realizando una
interpretación extensiva del referido numeral, este no otorga la posibilidad
a la autoridad fi scalizadora de considerar artifi cialmente cualquier tipo de
información distinta a las seis últimas declaraciones correspondientes al
impuesto omitido del contribuyente, a fi n de determinar el crédito a cargo,

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