Código Fiscal de la Federación. VII-P-1aS-573

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
deral de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 11 de abril de 2013,
por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures
Uribe.- Secretaria: Lic. Yazmín Alejandra González Arellanes.
(Tesis aprobada en sesión de 11 de abril de 2013)
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-P-1aS-573
VISITA DOMICILIARIA. ACTAS CIRCUNSTANCIADAS.- El re-
quisito de circunstanciar las actas de visita que establece el artículo 46,
fracción I, del Código Fiscal de la Federación, vigente en 2004, consiste en
detallar o pormenorizar en las mismas, en forma concreta, los datos de los
libros, registros y demás documentación que integren la contabilidad del
contribuyente visitado, así como de los discos, cintas o cualquier medio de
procesamiento de datos que este tenga en su poder; o bien, de los objetos y
mercancías que se encontraron en el domicilio visitado y de la información
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de cada uno de los hechos u omisiones que conocieron los auditores duran-
te el desarrollo de una visita domiciliaria, y que, en su caso, los llevaron a
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plicar a quien comparece al levantamiento de un acta de visita el contenido
y alcance de esta, ni mucho menos el sentido de esa acta, pues el numeral
citado no lo establece así.
PRECEDENTES:
VI-P-1aS-387
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1144/05-17-09-7/248/09-S1-01-
04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Fe-
deral de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 27 de abril de 2010,

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