Estados financieros consolidados o combinados

AutorJuan Ramón Santillana González
Páginas69-110

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Objetivos

Una vez que haya leído y estudiado este capítulo, usted será capaz de:

  1. Allegarse de la fundamentación normativa de la consolidación o combinación de estados financieros, con base en lo dispuestos en la norma NIF B-8, Estados financieros consolidados o combinados emitida por el CINIF (Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera).

  2. Entender el objetivo de la NIF B-8.

  3. Describir el alcance de la NIF B-8.

  4. Conocer las definiciones de los principales términos que aplican en la preparación de estados financieros consolidados o combinados.

  5. Identificarse con los aspectos generales relacionados con los estados financieros consolidados o combinados.

  6. Distinguir las diferentes modalidades de las Normas de presentación de los estados financieros consolidados o combinados.

  7. Conocer las Normas de revelación que deben aplicarse de acuerdo con las características de los aspectos a revelar.

  8. Ubicar los elementos de que se dispone para llevar a cabo el proceso operativo contable de la consolidación de estados financieros.

  9. Complementar la comprensión de la temática que antecede correlacionándola con el estudio y análisis de Apéndices epilogares.

Resumen del capítulo

• Bases del Marco conceptual que se utilizaron para la elaboración de la norma NIF B-8.

• Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF): NIIF 10, Estados financieros consolidados y NIC 27, Estados financieros separados.

• Objetivo de la NIF B-8.

• Aplicabilidad.

• Definiciones de los treinta y uno términos más comunes y especializados que aplican en la preparación de estados financieros consolidados o combinados.

• Identificación de control en una participada.

• Poder sobre la participada.

• Exposición o derecho a rendimientos variables.

• Vinculación entre poder y rendimientos.

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• Estados financieros consolidados:

• Bases de la consolidación de estados financieros.

• Requisitos de la consolidación de estados financieros.

• Procedimiento de la consolidación de estados financieros.

• Cambios en el porcentaje de participación.

• Pérdida de control.

• Solidarias disponibles para la venta.

• Estados financieros consolidados comparativos.

• Estados financieros no consolidados.

• Estados financieros combinados.

• Estados financieros consolidados:

• Juicios y supuestos significativos.

• Participaciones en subsidiarias.

• Participaciones no controladoras significativas.

• Restricciones significativas en el grupo.

• Cambios en la participación.

• Participaciones en subsidiarias que son entidades estructuradas.

• Estados financieros no consolidados.

• Estados financieros combinados.

• NIF complementarias coadyuvantes al proceso operativo contable de la consolidación de estados financieros.

• Elementos de apoyo coadyuvantes al proceso operativo contable de la consolidación de estados financieros.

• Referencia a cinco casos prácticos presentados en el capítulo 1 Adquisiciones de negocios que son asimilables al presente capítulo.

• Apéndice A. Guías para la aplicación de la norma.

• Apéndice B. Bases para conclusiones.

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Estados financieros consolidados o combinados1
Introducción

Bases del Marco conceptual que se utilizaron para la elaboración de la NIF B-8

La NIF B-8, Estados financieros consolidados o combinados se fundamenta en el Marco conceptual de la Serie NIF A, especialmente en el postulado básico de entidad económica incluido en la NIF A-2, Postulados básicos, el cual establece que: "La entidad económica es aquella unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros (conjunto integrado de actividades económicas y recursos), conducidos y administrados por un único centro de control que toma decisiones encaminadas al cumplimiento de los fines específicos para los que fue creada; la personalidad de la entidad económica es independiente de sus accionistas, propietarios o patrocinadores".

Con base en lo anterior, la NIF B-8 requiere que una entidad controladora presente estados financieros consolidados; es decir, incluyendo los de las entidades en las que se ejerce control y que se denominan subsidiarias. Este requerimiento se establece ante el hecho de que la controladora y las subsidiarias operan bajo un mismo centro de control y, por lo tanto, todas ellas conforman una sola entidad económica.

La NIF B-8 se apoya también en el postulado de devengación contable establecido en la NIF A-2; por tal razón, en el proceso de consolidación se llevan a cabo ajustes a los estados financieros consolidados, con el objetivo de presentar la información financiera desde la perspectiva de la entidad económica y no de cada entidad en lo individual. Particularmente, las operaciones llevadas a cabo entre las entidades legales que consolidan su información financiera se eliminan por considerarse no devengadas, pues al conformar esas entidades una sola entidad económica, en realidad ésta no ha llevado a cabo operaciones con terceros.

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Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)

La NIF B-8 converge con la NIIF 10, Estados financieros consolidados, excepto por lo establecido en los párrafos siguientes de esta sección:

Pérdida de control

En los casos en los que la controladora pierde el control sobre una subsidiaria, pero mantiene una parte o la totalidad de la inversión permanente, la NIIF 10 requiere que, como consecuencia de la pérdida de control, la inversión retenida se valúe a su valor razonable y se reconozca la ganancia o pérdida correspondiente; dicho valor razonable será la base para el reconocimiento del nuevo tipo de inversión: asociada, negocio conjunto, instrumento de negociación, etcétera.

Por su parte, ante la pérdida de control, la NIF B-8 sólo requiere dar tratamiento a la inversión retenida de acuerdo con lo que establezcan las NIF relativas al nuevo tipo de inversión.

Estados financieros no consolidados

La NIF B-8 establece que cuando una entidad controladora presente estados no consolidados, las inversiones permanentes en subsidiarias deben ser valuadas aplicando el método de participación establecido en la NIF C-7, Inversiones en asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes. La Norma Internacional de Contabilidad NIC-27, Estados financieros separados establece que las inversiones permanentes en subsidiarias deben valuarse, opcionalmente, al costo, al método de participación o a su valor razonable en los estados financieros consolidados. No se considera diferencia al utilizar una de las tres opciones.

Revelaciones de participaciones no controladoras significativas

Cuando existe participación no controladora que es significativa, la NIIF 10 requiere que la controladora revele información financiera resumida de la subsidiaria relativa. La NIF B-8 no requiere dicha revelación por considerar que el costo de prepararla excede a los beneficios que produce para los usuarios de los estados financieros.

Objetivo de la NIF b-8, estados financieros consolidados o combinados

Esta norma tiene como objetivo establecer las normas para la elaboración, presentación y revelación de los estados financieros consolidados de una entidad controladora y sus subsidiarias.

Para cumplir ese objetivo, esta NIF define el principio de control y lo establece como la base para requerir la consolidación de estados financieros de una entidad controladora y sus subsidiarias. Asimismo, establece las bases para la preparación de estados financieros combinados.

Alcance

Las disposiciones de la NIF B-8 son aplicables a todas las entidades que emiten estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros, y que controlan a una o más subsidiarias o, en su caso, que emiten estados financieros combinados.

La NIF B-8 no trata los requerimientos para reconocer las adquisiciones de subsidiarias a la fecha de su adquisición, debido a que este tema se trata en la NIF B-7, Adquisiciones de negocios.

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Definiciones de términos

Los términos que se listan a continuación se utilizan en la NIF B-8, con los significados que se especifican en el glosario mostrado al final del libro:

  1. Actividad relevante.

  2. Adquisición.

  3. Agente.

  4. Asociada.

  5. Control.

  6. Control conjunto.

  7. Controladora.

  8. Derecho de destitución.

  9. Derecho de voto potencial. j) Derecho protector. k) Derecho sustantivo.

  10. Entidad.

  11. Entidad estructurada.

  12. Estados financieros.

  13. Estados financieros combinados.

  14. Estados financieros consolidados.

  15. Estados financieros no consolidados.

  16. Grupo.

  17. Influencia significativa.

  18. Inversión permanente.

  19. Método de participación.

  20. Negocio conjunto.

  21. Participación controladora.

  22. Participación no controladora.

  23. Participada.

  24. Poder.

aa) Principal.

bb) Propietario o inversionista (también conocido como accionista o dueño). cc) Quien toma decisiones. dd) Subsidiaria. ee) Valor razonable.

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Respecto al concepto Entidad estructurada mencionado en el inciso m) del párrafo que antecede, es de señalar que ésta puede tener algunas o todas las características o atributos siguientes:

  1. Actividades restringidas.

  2. Un objetivo bien definido o limitado; por ejemplo, efectuar...

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