Finalidades

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los
Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS
SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTEN-
CIADOS
CAPITULO I
FINALIDADES
ARTICULO 1o. Las presentes Normas tienen como finalidad orga-
nizar el sistema penitenciario en la República, conforme a lo estable-
cido en los artículos siguientes.
ARTICULO 2o. El sistema penal se organizará sobre la base del
trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios
para la readaptación social del delincuente.
ARTICULO 3o. La Secretaría de Seguridad Pública tendrá a su
cargo aplicar estas normas en el Distrito Federal y en los reclusorios
dependientes de la Federación. Asimismo, las normas se aplicarán,
en lo pertinente, a los reos federales sentenciados en toda la Repú-
blica y se promoverá su adopción por parte de las entidades fede-
rativas. Para este último efecto, así como para la orientación de las
tareas de prevención social de la delincuencia, el Ejecutivo Federal
podrá celebrar convenios de coordinación con los gobiernos de las
entidades federativas.
En dichos convenios se determinará lo relativo a la creación y ma-
nejo de instituciones penales de toda índole, entre las que figurarán
las destinadas al tratamiento de adultos delincuentes, alienados que
hayan incurrido en conductas antisociales y menores infractores, es-
pecificándose la participación que en cada caso corresponde a los
Gobiernos Federal y Locales.
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LEY READAPTACION SENTENCIADOS/FINALIDADES

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