Ley Federal de Procedimiento Administrativo. VII-TASR-2GO-55

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
en el grado y la prima de riesgo en que se encuentre cotizando; por ende,
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un acto futuro e incierto que podría lesionar su esfera jurídica. Luego, es
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la ahora enjuiciante, ni le causa un perjuicio inmediato y directo; ello es así,
debido a que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley
del Seguro Social, el patrón queda relevado de las obligaciones que sobre
riesgos de trabajo le impone la Ley Federal del Trabajo, con el solo hecho
de inscribir a sus trabajadores al régimen del Seguro Social, por lo que no
recae sobre la actora, la carga de las prestaciones en dinero o en especie que
eventualmente debieran cubrirse a la trabajadora con motivo de la enfer-
medad, sino que su única responsabilidad, en este supuesto, es la de cubrir
las cuotas que le corresponden de acuerdo a la clase y el grado de riesgo en
que se encuentra ubicada; por lo que es hasta el dictado de una resolución
que aumente el grado y la prima de riesgo de la empresa, cuando pudiera
causarse un perjuicio directo e inmediato al patrón, al estimarse en esa reso-
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incrementar el grado y la prima del seguro de riesgo de trabajo, en que se
encuentre ubicada la actora; de ahí que es hasta ese momento, que el patrón
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incida en su esfera jurídica.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1136/11-13-02-3.- Resuelto por
la Segunda Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal
y Administrativa, el 30 de enero de 2012, por unanimidad de votos.- Ma-
gistrada Instructora: María del Carmen Ramírez Morales.- Secretaria: Lic.
Gina Rossina Paredes Hernández.
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CADUCIDAD. NO OPERA TRATÁNDOSE DE BOLETAS DE IN-
FRACCIÓN.- Las boletas de infracción levantadas con motivo de infraccio-

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