Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/43/2014
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/43/2014
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VII-J-SS-139
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo y 18, fracción IX, de la Ley
Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al haberse
resuelto la contradicción de sentencias 6139/11-06-02-1/155/13-TSA-1/
YOTRO/260/14-PL-04-01, el 12 de marzo de 2014, por unanimidad de 11
votos a favor, se fi ja la jurisprudencia N° VII-J-SS-139, bajo el siguiente
rubro y texto:
RECURSO DE REVOCACIÓN. EN TÉRMINOS DEL AR-
FEDERACIÓN VIGENTE HASTA 2013, PROCEDE LA AM-
PLIACIÓN AL MISMO CONTRA EL REQUERIMIENTO DE
OBLIGACIONES FISCALES.- De la interpretación sistemática
realizada a los artículos 117, fracción I, inciso d) y 129 fracción II del
Código Fiscal de la Federación, vigente hasta 2013, la ampliación al
escrito del recurso de revocación procede cuando el particular niegue
conocer el acto administrativo, siempre que se trate de los recurribles
señalados en el referido artículo 117, por tanto, el requerimiento de
obligaciones emitido por la autoridad fi scal, es un acto que le causa
perjuicio al particular al establecer una obligación fi scal de propor-
cionar cierta información o documentación y por ende, es un acto
susceptible de ser recurrido. En consecuencia, si al interponer el
recurso de revocación el particular niega lisa y llanamente conocer
el requerimiento de obligaciones y su constancia de notifi cación, la
autoridad fi scal está obligada a darle a conocer tales actos, con la
fi nalidad de que pueda formular la ampliación de su recurso en aras
de una defensa adecuada en contra de los actos que dieron origen al
acto defi nitivo que recurre.
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