Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/33/2014

Páginas493-494
493
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/33/2014
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VII-J-SS-131
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo y 18, fracción IX, de la Ley
Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al haberse
resuelto la contradicción de sentencias 16021/10-17-07-7/1624/12-S2-06-
04/YOTRO/1666/13-PL-07-01, el 19 de febrero de 2014, por mayoría de 9
votos a favor y 1 voto en contra, se f‌i ja la jurisprudencia N° VII-J-SS-131,
bajo el siguiente rubro y texto:
COMPETENCIA DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
DE LA ADMINISTRACN GENERAL DE GRANDES
CONTRIBUYENTES. LA REMISIÓN DEL ARTÍCULO
21 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA AL ARTÍCULO 20 DEL
MISMO ORDENAMIENTO, COMPRENDE TANTO EL
APARTADO “A” COMO EL APARTADO “B” DE DICHA
DISPOSICIÓN.- De conformidad con el artículo 21 del Reglamento
Interior del Servicio de Administración Tributaria, las unidades
administrativas dependientes de la Administración General de Grandes
Contribuyentes tendrán las facultades precisadas en las fracciones
que integran el apartado A del artículo 20 del mismo cuerpo legal, el
cual contempla la competencia de dicha Administración General y
que está integrado por el apartado A que prevé las facultades de esa
autoridad, y el apartado B que contiene diversas entidades y sujetos.
Ahora bien, en su párrafo primero, la disposición de mérito, señala
que las facultades que integran el apartado A se ejercitarán respecto
de los sujetos y entidades mencionados en el B, por lo que se puede
concluir que cuando el artículo 21 del Reglamento Interior del
Servicio de Administración Tributaria, prevé las facultades a ejercitar
por las unidades administrativas dependientes de la Administración

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR