Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-SS-157
Páginas | 167-175 |
167
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-SS-157
JUICIO CON CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.- VIOLACIÓN
SUBSTANCIAL.- El artículo 48 de la Ley Federal de Procedimiento Con-
tencioso Administrativo otorga la facultad a la Sala Superior del Tribunal
con características especiales y, para el caso, establece que la Sala Regional
-
las personas autorizadas para recibirlas. En consecuencia, si la Sala Regional
de la competencia atrayente con el requerimiento señalado, contraviniendo
lo preceptuado en el citado artículo 48 de la Ley Federal de Procedimiento
-
en la sede de la Sala Superior y nombrar representante ante el mismo, por
lo que deberán devolverse los autos a la Sala Regional Instructora, para que
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 8893/12-11-01-6/1363/13-PL-08-
04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
de 11 votos a favor.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz.-
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