Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-SS-101
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-SS-101
LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCFI-2005, DENO-
MINADA “INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN-SISTEMA PARA
MEDICIÓN Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTI-
BLES LÍQUIDOS-ESPECIFICACIONES, MÉTODOS DE PRUEBA
Y DE VERIFICACIÓN”, TIENE LA NATURALEZA DE NORMA
AUTOAPLICATIVA.- El cumplimiento de la Norma Ofi cial Mexicana
en este caso, por parte de las personas dedicadas a realizar transacciones
comerciales de gasolina y otros combustibles líquidos (gasolina, diésel,
turbosina, gas avión, kerosina y otros a excepción de gas licuado de petró-
leo) dentro del territorio nacional, no queda supeditado a condición alguna,
pues basta estar en los supuestos de la norma, para que la obligación de
hacer se surta sin necesidad de un acto posterior de autoridad; esto es, que
las personas dedicadas a realizar transacciones comerciales de gasolina y
otros combustibles líquidos tienen la obligación, desde el momento en que
la Norma entró en vigor, de cumplir ciertas especifi caciones en sus sistemas
de medición y controles volumétricos utilizados para el despacho (venta)
de tales líquidos, en el caso, los descritos en el punto 5 de la Norma Ofi cial
Mexicana NOM-005-SCFI-2005.
PRECEDENTES:
VII-P-SS-35
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 8881/07-11-01-1/2868/09-PL-02-
04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, en sesión de 8 de febrero de 2012, por mayoría de
10 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth
Urby Genel.- Secretaria: Lic. Beatríz Rodríguez Figueroa.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de abril de 2012)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 10. Mayo 2012. p. 62
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