Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-TASR-XL-8

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-XL-7
DEMANDA EXTEMPORÁNEA.- ENVÍO POR CORREO CERTIFICADO
DESDE UN LUGAR DISTINTO AL DOMICILIO FISCAL.- El artículo 13,
fracción III, segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, establece una excepción a la presentación de las demandas de nulidad,
referida a cuando el demandante tiene su domicilio fuera de la población donde se
encuentra la sede de la Sala, la demanda podrá ser enviada vía correo certificado
siempre y cuando, el envío se efectúe desde el lugar en donde tiene su domicilio la
enjuiciante. De esa manera, si concurren las circunstancias señaladas, ha de conside-
rarse como fecha de presentación de la demanda, aquella en que fue depositada en la
oficina de correos. En esa virtud, cuando de autos se advierta que la demanda fue
depositada por correo en lugar distinto al del domicilio del actor, ello no interrumpe el
término de cuarenta y cinco días previsto en el artículo antes referido y, por ende, la
fecha de presentación de la demanda es aquella en la que fue recibida en la Oficialía
de Partes de la Sala y no, la de depósito en la oficina de correos. (13)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1317/08-13-02-2.- Resuelto por la Segunda
Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 8
de septiembre de 2008, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Antonio
Miranda Morales.- Secretaria: Lic. Eva María González Madrazo.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-XL-8
AGRAVIOS INOPERANTES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINIS-
TRATIVO. SON LOS PLANTEADOS EN FORMA IDÉNTICA EN EL RE-

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