Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-TASR-IX-32

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PRIMERA SALA REGIONAL DEL NORESTE
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-IX-32
DECRETOS DE CARÁCTER GENERAL. PARA DETERMINAR LA PRO-
CEDENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SU
CONTRA, ES NECESARIO ATENDER A LA NATURALEZA DEL DECRE-
TO CONTROVERTIDO, PUES NO SON IMPUGNABLES ACTOS ADMI-
NISTRATIVOS DE MAYOR JERARQUÍA QUE LOS REGLAMENTOS.- El
artículo 2, párrafo segundo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo, dispone que procede el juicio contencioso administrativo federal en contra
de los actos administrativos, Decretos y Acuerdos de carácter general, diversos a los
Reglamentos. De una correcta interpretación a la citada disposición normativa se des-
prende una distinción por parte del legislador en el sentido de que los actos de carác-
ter general impugnables deben ser de menor jerarquía que los reglamentos. Lo ante-
rior, puesto que aunque bajo una interpretación gramatical y de estricta lógica, podrían
considerarse impugnables todos los actos administrativos, decretos y acuerdos de
carácter general, siempre que sean distintos a los reglamentos, sin embargo, debe
atenderse a la naturaleza de lo que se controvierta, pues existen casos como los
decretos que modifican la Constitución o las leyes de la Unión, que no pueden
controvertirse ante este Tribunal a pesar de consistir en decretos de observancia gene-
ral. En esa tesitura, el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 18
de marzo de 2009, por el que se modifica el artículo 1 del diverso por el que se
establece la tasa aplicable durante 2003, del impuesto general de importación,
para las mercancías originarias de América del Norte, por lo que respecta a las
mercancías originarias de los Estados Unidos de América, publicado el 31 de di-
ciembre de 2002, emitido por el Presidente de la República en ejercicio de la facultad

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