Código Federal de Procedimientos CivilES. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-93

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REVISTADEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL YADMINISTRATIVA
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-93
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
SUSPENSIÓN DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL EN CASO DE QUE SE PROMUEVA JUICIO DE AMPA-
RO.- Los artículos 366 y 367 del Código Federal de Procedimientos Civiles
de aplicación supletoria, establecen, el primero, como causal de suspensión
del proceso, cuando no pueda pronunciarse la sentencia, sino hasta que se
pronuncie una resolución en otro negocio, y el segundo, que la declaratoria
de suspensión es procedente, ya sea a instancia de parte o de ofi cio. Por lo
que en el supuesto de que la resolución impugnada en un juicio contencioso
administrativo federal, haya sido controvertida en un juicio de amparo, por
quien en el juicio de nulidad tiene el carácter de tercero, y dicho medio de
defensa no ha sido resuelto de manera defi nitiva, se hace necesario que por
un principio lógico se dilucide en primer lugar el fallo, con el n de no emitir
sentencias que pudieran resultar contradictorias, ya que lo decidido en el
mismo, puede impactar en el sentido del juicio contencioso administrativo,
por lo que procede se suspenda este hasta que exista pronunciamiento en el
juicio de amparo.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/40/2013)
PRECEDENTES:
VII-P-SS-47
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 36430/06-17-09-4/AC1/232/11-
PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 9 de mayo de 2012, por
unanimidad de 11 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Ada-
me.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.
(Tesis aprobada en sesión de 6 de junio de 2012)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 12. Julio 2012. p. 53
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