De las facultades del oficial mayor

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ARTICULO 12. Al frente de la Oficialía Mayor habrá un Oficial Mayor, a quien corresponderá el ejercicio de las facultades siguientes:

I. Acordar con el Secretario los asuntos relevantes de las unidades administrativas que tenga adscritas;

II. Desempeñar las funciones y comisiones que el Secretario le encomiende y mantenerlo informado sobre el cumplimiento de las mismas;

III. Establecer, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, las normas, procedimientos y sistemas de administración interna en materia de recur-sos humanos, materiales y financieros, así como de servicios generales y Tecnologías de Información y Comunicaciones;

IV. Expedir copias certificadas de los documentos que se encuentren en los archivos de la unidad administrativa a su cargo;

V. Establecer, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, las directrices y criterios técnicos para el proceso interno de planeación, programación, presupuestación, evaluación presupuestal e informática de la Secretaría y vigilar su aplicación;

VI. Aprobar, previo acuerdo con el Secretario, el proyecto de presupuesto de egresos de la Secretaría con base en los anteproyectos que sean presentados por los titulares de las unidades administrativas de la Secretaría y presentarlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

VII. Autorizar las erogaciones de la Secretaría, así como vigilar el ejercicio del presupuesto y llevar su contabilidad;

VIII. Analizar la estructura orgánica y ocupacional de la Secretaría y aprobar el dictamen de los cambios que se propongan;

IX. Someter a la consideración del Secretario las modificaciones a la estructura orgánica y ocupacional de la Secretaría, así como la actualización de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público;

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X. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas que tenga adscritas;

XI. Aprobar la organización del Organo Interno de Control de la Secretaría, informando de ello al Secretario;

XII. Proporcionar a las unidades administrativas de la Secretaría los servicios de apoyo administrativo en materia de diseño de sistemas y equipamiento informático, comunicaciones, archivo, seguridad y vigilancia, así como los demás que sean necesarios para el mejor despacho de los asuntos de la Secretaría;

XIII. Planear y conducir la política de administración y desarrollo del personal de la Secretaría, así como definir los...

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