De las facultades del oficial mayor

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas7-9
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RGTO. SECRETARIA ECONOMIA/DE LAS FACULTADES... 7-8
III. Administrar y supervisar los tratados y acuerdos comerciales
internacionales de los que México sea parte, así como hacer la defen-
sa legal de los mismos;
IV. Representar a México ante organismos y foros comerciales in-
ternacionales, con excepción de lo previsto en la fracción XVII del
artículo 5 de este Reglamento; y
V. Fungir como enlace con las representaciones comerciales de la
Secretaría en el extranjero.
CAPITULO IV
DE LAS FACULTADES DEL OFICIAL MAYOR
ARTICULO 8. Al frente de la Oficialía Mayor habrá un Oficial Ma-
yor, quien tendrá las facultades siguientes:
I. Establecer, observando las disposiciones jurídicas aplicables,
las normas, bases, lineamientos, sistemas y demás disposiciones
administrativas que permitan el uso eficaz, racional y eficiente de los
recursos con que cuenta la Secretaría, orientar las acciones relativas
a los órganos administrativos desconcentrados y las entidades pa-
raestatales sectorizadas, así como delegar y desconcentrar aspectos
administrativos;
II. Conducir la transformación organizacional para el cumplimien-
to de los objetivos sectoriales, así como autorizar los dictámenes
administrativos de modificación a las estructuras orgánicas y ocu-
pacionales de la Secretaría, sus unidades administrativas y órga-
nos administrativos desconcentrados, conforme a las disposiciones
aplicables;
III. Dirigir, regular y evaluar a las coordinaciones administrativas
que operen en las unidades administrativas a que se refiere el último
párrafo de este artículo, para dar cumplimiento a la normativa y obje-
tivos en materia de recursos humanos, financieros, materiales y servi-
cios generales, y de tecnologías de la información y comunicaciones;
IV. Conducir la planeación, programación, presupuestación, ejer-
cicio, control y seguimiento de los recursos financieros de la Secreta-
ría y orientar lo correspondiente a su sector coordinado;
V. Presentar al Secretario la propuesta de anteproyecto de pre-
supuesto de la Secretaría que se integre con la participación de las
unidades administrativas responsables y del sector coordinado;
VI. Formular el anteproyecto de presupuesto de la Oficialía Mayor
y aprobar el de las unidades administrativas que le estén adscritas;
VII. Informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre
la Cuenta Pública del sector;
VIII. Conducir las acciones para la actualización y dictaminación
de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios
al público de la Secretaría;
IX. Fungir como responsable del proceso de mejora regulatoria de
la Secretaría de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

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