De las Facultades del Coordinador de Planeación y Proyectos Estratégicos

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas524-525

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ARTÍCULO 17.

Facultades del Coordinador de Planeación y Proyectos Estratégicos

El Coordinador de Planeación y Proyectos Estratégicos tiene las facultades siguientes:

I. Coordinar el proceso de planeación institucional a corto, mediano y largo plazo, así como participar con las unidades administrativas competentes en la definición de objetivos, metas, estrategias y líneas de acción institucional, congruentes al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Sectorial de la Secretaría;

II. Coordinar con las Subprocuradurías Generales y la Dirección de Administración, la elaboración de los planes y programas de trabajo institucionales;

III. Proponer al Procurador General los proyectos estratégicos, de mejora y de inversión para cumplir los objetivos y metas institucionales;

IV. Desarrollar y entregar a las unidades administrativas, los proyectos estratégicos, de mejora y de inversión aprobados por el Procurador General para su ejecución;

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V. Realizar los estudios y análisis pertinentes de planeación, programación, control y evaluación del desempeño institucional, que permitan lograr lasmetasquesefijen;

VI. Coordinar la elaboración e integración de los informes institucionales periódicos o especiales y proporcionar la información que soliciten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, mediante los cuales se señalen los niveles de cumplimiento de los planes y programas de trabajo;

VII. Elaborar la estadística institucional relacionada con la atención y resolución de conflictos laborales individuales de competencia federal, bajo las clasificaciones ordenadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y por la Secretaría, y difundirla en los medios que establezca la normativa y lineamientos aplicables y de acuerdo a las instrucciones del Procurador General;

VIII. Coordinar la elaboración del anteproyecto de Manual de Organización y Procesos de la Procuraduría y someterlo a la consideración y, en su caso, a la aprobación del Secretario, así como vigilar su actualización permanente;

IX. Establecer los mecanismos administrativos, técnicos y tecnológicos que generen información para la toma de decisiones de las unidades administrativas de la Procuraduría;

X. Representar a la Procuraduría en los órganos, comités y grupos de trabajo en general, vinculados a la planeación y proyección de trabajos institucionales;

XI. Planear, diseñar y establecer las estrategias y programas para la implantación de la...

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