Empresas que facturan o deducen operaciones simuladas: cambios al CFF y programas de fiscalización de las autoridades fiscales

AutorCP Pablo Cervantes García - LCP Miguel Angel Tavares Sánchez
Páginas23-29

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Introducción

En diciembre de 2012, el Ejecutivo Federal y los dirigentes de los principales partidos políticos mexicanos firmaron el denominado "Pacto por México", del cual derivaron 95 compromisos entre los que destacó el denominado "Eficiencia recaudatoria", compromiso que comprende la simplificación del cobro de los impuestos, el incremento de la base de contribuyentes, y el combate a la elusión y evasión fiscales.

Con miras a incrementar la recaudación, y combatir la elusión y evasión fiscales, el Ejecutivo Federal planteó una serie de acciones y estrategias que tienen como finalidad depender menos de los ingresos petroleros, atraer inversiones del extranjero, así como mantener los capitales mexicanos.

El 8 de septiembre de 2013, el Ejecutivo Federal presentó el paquete económico para 2014, que incluyó cuatro nuevas leyes, reformas a diversas leyes fiscales y derogó la Ley del IETU y la Ley del IDE. Estas reformas fueron aprobadas por el Congreso de la Unión en octubre de 2013.

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Con la reforma aprobada, específicamente al CFF, la autoridadtiene mayoresfacultadesparacomprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes mediante el uso de la tecnología (buzón tributario y contabilidad electrónica), para abatir la informalidad, así como para desalentar las prácticas de evasión fiscal (cancelación de certificados de sellos digitales, revisiones electrónicas, publicación de listas de contribuyentes incumplidos y que facturan operaciones simuladas).

Asimismo, como complemento a la aprobación de la reforma fiscal al CFF para 2014, durante octubre de 2013 el SAT inició un programa de fiscalización para combatir y erradicar lo que denomina "Esquemas agresivos de evasión fiscal", principalmente en los casos de empresas que facturan operaciones simuladas (EFOS) y de empresas que deducen operaciones simuladas (EDOS).

Este programa de fiscalización fue el resultado de un trabajo de investigación de varios años del SAT, que en gran medida sirvió de base para la iniciativa de reformas al CFF para 2014, en lo referente a la publicación de la lista de las EFOS que regula el artículo 69-B del citado código.

Abordaremos, primero, en qué consiste el programa Esquemas agresivos de evasión fiscal ; y luego, el tema de la publicación de la lista de las EFOS que regula el artículo 69-B del CFF.

Programa de fiscalización 2013

Como parte del programa Esquemas agresivos de evasión fiscal , la autoridad hacendaria emitió una serie de presunciones para identificar los esquemas de EFOS y EDOS, así como los procedimientos de fiscalización a seguir para combatirlos, principalmente en revisiones de ejercicios anteriores a 2014, los cuales mencionamos a continuación:

Presunciones de existencia

La autoridad tributaria presumirá la existencia de un esquema agresivo de EFOS o EDOS en los siguientes casos:

1. Presunciones de existencia de EFOS:

a) En el domicilio fiscal manifestado no se observa actividad económica.

b) No se declaran utilidades o bien la utilidad es mínima.

c) No son localizados en su domicilio fiscal o atienden verificaciones de domicilio a través de un tercero y después desaparecen.

d) No tienen empleados, maquinaria, equipo, inventarios, ni indicios de actividad productiva.

e) Facturan intangibles (asesoría, capacitación, asistencia técnica, etc.).

f) Realizan compras a empresas de reciente creación.

g) Retiran de inmediato los depósitos que reciben, para después regresar el dinero directa o indirectamente a sus clientes (efectivo o cuentas bancarias de accionistas de sus clientes o terceros relacionados con éstos).

2. Presunciones de existencia de EDOS:

a) Presentan buena actividad económica.

b) Cuentan con instalaciones, activo fijo, empleados (hoteles, restaurantes, hospitales, fábricas, etc.).

c) Tienen al corriente sus obligaciones fiscales.

d) Sus proveedores reúnen las características de EFOS.

e) Deducen cantidades injustificadas de intangibles (servicios personales, nóminas, asesorías manuales).

f) Reciben en cuentas bancarias de accionistas o terceros relacionados con éstos (accionistas, empleados, representantes legales, etc.), el dinero pagado a los EFOS menos un descuento (comisión).

g) Compensan o solicitan devoluciones de IVA.

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Procedimientos de fiscalización

Para hacer efectiva la ejecución del programa, las auto-ridades determinaron la siguiente ruta crítica:

1. Acreditamiento de las presunciones de existencia de los esquemas agresivos de EFOS y EDOS.

2. Elección de las facultades de fiscalización a aplicar.

3. Acreditación formal de la situación del contribuyente al inicio de las facultades de comprobación.

4. Revisión de los estados de cuenta bancarios.

5. Revisión de la cuenta de proveedores.

6. Aplicación de cuestionarios para demostrar la inexistencia de las operaciones facturadas.

7. Cierre de la revisión.

8. Efectos del acreditamiento de la inexistencia de las operaciones facturadas.

A continuación, abundamos en cada uno de estos puntos:

1. Acreditamiento de las presunciones de existencia de los esquemas agresivos de EFOS y EDOS.

Las autoridades tributarias, para presumir la existencia de los esquemas agresivos de EFOS y EDOS, realizarán las siguientes actividades:

a) Revisiones oculares en los domicilios fiscales de los contribuyentes.

b) Verificación de domicilio fiscal.

c) Visitas domiciliarias.

d) Revisión de las declaraciones informativas de operaciones con terceros (DIOT), mediante las cuales acreditan relación EDOS y EFOS.

e) Declaraciones anuales y dictámenes fiscales.

f) Devoluciones.

g) Denuncias de particulares.

2. Elección de las facultades de fiscalización a aplicar.

Una vez que hayan acreditado las presunciones de existencia de los esquemas de EFOS y EDOS, las autoridades hacendarias clasificarán a los contribuyentes en localizados y no localizados, por lo que iniciarán para los contribuyentes localizados visitas domiciliarias o la revisión secuencial del dictamen...

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