¿Extravió el formato para pagar una parcialidad del saldo a cargo del ISR de la declaración anual de 2018? Procedimiento para recuperarlo. Personas físicas

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¿Extravió el formato para pagar una parcialidad
del saldo a cargo del ISR de la declaración anual
de 2018? Procedimiento para recuperarlo.
Personas físicas
Introducción
La regla 3.17.4 de la RMF para 2019 dispone que las personas físicas que debieron presentar la declaración anual por
el ISR de 2018, pudieron optar por efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que la
declaración la hubieran presentado dentro del plazo establecido en ley, así como el pago de la primera parcialidad; al
efecto, se indica que la primera parcialidad resulta de dividir el monto total del adeudo entre el número de parcialidades
que el contribuyente haya elegido, sin que dicho número exceda de seis, y debió cubrirse al presentar la declaración
anual; las posteriores parcialidades se cubrirán durante cada uno de los siguientes meses de calendario, utilizando para
ello exclusivamente los FCF (formato para pago de contribuciones federales) obtenidos al momento de presentar la
declaración; en los formatos se precisará el número de parcialidad que corresponde cubrir y que deberá pagarse a más
tardar el día que señale la vigencia de cada formato de pago; los mismos podrán reimprimirse cuando así lo requiera
el contribuyente al consultar la declaración respectiva, siempre que el plazo para el pago de la parcialidad no hubiera
vencido; en caso contrario, deberá obtenerse conforme al procedimiento que se indica en la regla 3.17.4.
En relación con lo anterior, se da el supuesto de que los contribuyentes extravían los FCF necesarios para cubrir las
parcialidades restantes del saldo a pagar del ISR a cargo en 2018; al respecto, señalamos el procedimiento para
recuperarlos. Es importante destacar que este procedimiento aplica en caso de que no haya vencido el plazo para
el pago de la parcialidad.
Procedimiento para ingresar a recuperar los FCF para el pago de las parcialidades
Primero, se accederá a Internet y posteriormente al portal del SAT, www.sat.gob.mx; aparecerá así la siguiente
ventana:
FISCAL
Taller de prácticas
A35
2a. quincena
agosto 2019
Taller fiscal 878- 2a parte.indd 35 05/08/19 14:44

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