El interregno extraordinario de la Monarquía Hispánica

AutorFernando Serrano Migallón
Páginas17-44
17
I. EL INTERREGNO EXTRAORDINARIO
DE LA MONARQUÍA HISPÁNICA
¡Época de horror, de crimen, sangre y desolación!
¡Cuántas ref‌l exiones pudiera haceros sobre el origen,
progresos y probables f‌i nes de esta guerra! Muy fácil me
sería hacer una reseña de la historia de América, y deja-
ros el campo abierto para que ref‌l exionarais de parte de
quién en los contendientes está la razón, si de la del go-
bierno español, o de los americanos que pretenden hacer-
se independientes de España […] por ahora básteos saber
que la guerra es el mayor de todos los males para cual-
quier nación o reino; pero incomparablemente son más
perjudiciales las conmociones sangrientas dentro de un
mismo país, pues la ira, la venganza y la crueldad, insepa-
rables de toda guerra, se ceban en los mismos ciudadanos
que se arman para destruirse mutuamente.
JOSÉ JOAQUÍN FERNÁNDEZ DE LIZARDI,
El Periquillo Sarniento, III, cap. XV
1. REDEFINICIÓN DE LA SOBERANÍA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Prudencia aparte, José Joaquín Fernández de Lizardi termina su picaresca
y erudita novela El Periquillo Sarniento —publicada por entregas en el año
1816— sin tomar manif‌i estamente partido por el bando de los realistas es-
pañoles, ni por “los americanos que pretenden hacerse independientes de
España”. Fue Fernández de Lizardi, sin embargo, a decir de don Carlos Ma-
ría de Bustamante en la dedicatoria de su artículo “Motivos de mi afecto a
la Constitución”, el primer mártir de la libertad de imprenta.
“Es muy peligroso escribir sobre esto —observa Perico, ref‌i riéndose a la
guerra de Independencia—, y [más] en México el año de 1813.” Horacio,
Lucano, Virgilio y hasta Erasmo de Rotterdam le sirven para señalar los de-
18 VIDA Y MUERTE DE LOS TEXTOS PRECONSTITUCIONALES
sastres que ocasionan las conmociones civiles, pero al f‌i nal anota puntual-
mente: “de todo esto debéis inferir cuán grande mal es la guerra, cuán justas
son las razones que militan para excusarla, y que el ciudadano sólo debe to-
mar las armas cuando se interese el bien común de la patria. Sólo en este
caso se debe empuñar la espada” (El Periquillo Sarniento, III, cap. XV). Hay
entonces una justa causa que da licencia a que el ciudadano tome las armas,
precisamente cuando el interés de la patria lo demanda. Patriótico fue el le-
vantamiento popular en España contra las armas napoleónicas en 1808 —y
eso no puede negarlo la censura española, inquisitorial—, pero también lo
será el levantamiento en la Nueva España “contra el mal gobierno”.
De ambos lados del Atlántico, en los dominios de la Monarquía, se pro-
duce el mismo, delicadísimo, problema jurídico-político en 1808. La res-
puesta será quizá por eso muy similar: si en el Palacio Imperial de Bayona
Carlos IV y Fernando VII y el resto de los infantes de la Casa Borbón de
España abdicaron sus derechos a favor de Napoleón Bonaparte, no fueron
tales actos producto de decisiones libres, sino impuestos por la fuerza; por
tanto, no se reconocen ni se aceptan. Mucho menos es válida la cesión que
Napoleón hace de esos mismos derechos a favor de su hermano José. Pero
Carlos IV había renunciado dos veces a la corona y Fernando VII —solem-
nemente jurado como Príncipe de Asturias en Cortes ( Madrid, 1789), pro-
clamado tras los motines de Aranjuez (1808)— se halla prisionero en Fran-
cia. Quién entonces ejerce el poder soberano. Opera en esta situación
tremenda, agravada al máximo por la violencia de las tropas francesas, la
reversión de la autoridad suprema en el pueblo.
El pueblo, o la nación de las modernas constituciones, organizado en
juntas representativas se considerará en España legítimo soberano. En los
tomos I y II de esta obra se han estudiado largamente diferentes ángulos de
esta solución, decisiva para el devenir jurídico-político de la Monarquía:
punto de inf‌l exión histórico. Conviene, sin embargo, recordarlo, y comple-
tar el argumento para apuntalar el objeto de este tomo III: el conjunto de
fenómenos que informan los primeros textos constitucionales del México
independiente.
Patriótica también fue la reacción que en la Nueva España suscitan las
noticias sobre la invasión napoleónica en España, pero no se trata de un
simple impulso o sentimiento, sino que hay en la respuesta razones jurídi-
cas sustanciales. La Gazeta de Madrid en que se da cuenta de las abdicacio-
nes a favor del Emperador, así como de los bandos represores del lugarte-
niente napoleónico, el Gran Duque de Berg Joaquín Murat, y la convocatoria

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR